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03/10/2017

Compliance: aporte al respeto de DDHH

Por Tamara Agnic. Se debe adicionar al compliance la vulneración de los derechos humanos, como un elemento más en la batería de riesgos corporativos de los cuales no pueden ausentarse los directorios

 

Hace algunas semanas tuvimos el privilegio de tener en Chile al destacado académico de Harvard y redactor de los “Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas”, John Ruggie. En el marco de esta visita, poniéndose a tono con los estándares internacionales que se promueven en estas materias, nuestro país lanzó el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos y Empresas, estableciendo con ello un nuevo conjunto de desafíos para las compañías.

Fundamentalmente los principios rectores ayudan a distinguir que, en base a la participación o la responsabilidad que tienen las empresas como agentes y promotores del crecimiento económico, ellas pueden verse envueltas en situaciones que transgredan los derechos humanos, ya sea internamente, en su relación con terceros o también en su cadena de suministros.

La perceptibilidad de la responsabilidad que pueden tener las organizaciones en la vulneración de DDHH es mucho más nítida en actividades económicas relacionadas con la explotación de recursos naturales, como la minería, la energía, la forestación, etcétera. Sin embargo, es importante advertir que ninguna industria o sector económico está libre de transgredir, a sabiendas o no, los derechos fundamentales de las personas.

Para distinguir que en cualquier actividad hay riesgo de vulneración, vale la pena recurrir a un dramático acontecimiento que, aunque sea doloroso recordar, dejó de manifiesto este férreo nexo entre los DDHH y la responsabilidad que tienen las empresas en la violación de los mismos: 24 de abril de 2013, cuando en Bangladesh se desplomó un edificio donde mueren más de mil personas, dejando al descubierto la fabricación en condiciones infrahumanas de prendas textiles pertenecientes en su mayoría a lujosas marcas que se encuentran y adquieren en el comercio o retail local.

A partir de ese terrible suceso, la comunidad económica internacional aceleró el paso en buscar fórmulas que permitan orientar a las empresas en la prevención de este tipo de situaciones. Es así que en febrero pasado la OCDE promulgó una guía para la industria textil y del calzado, que tiene por objetivo ayudar a las organizaciones a identificar y prevenir posibles impactos negativos relacionados con los derechos humanos, el trabajo, el medioambiente y la corrupción en sus cadenas de suministro. Guía que, por lo demás, se sumó a los múltiples esfuerzos que ya se estaban realizando en los sectores extractivos y de explotación de recursos naturales.

Pero, ¿qué rol puede cumplir el compliance en este nuevo desafío?

A mi juicio...

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