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20/01/2020

Compliance: yacimiento de empleo por imperativo legal

Autor: Jorge Manrique de lara Jiménez

Fuente: Legal Today

Actualmente la demanda de profesionales de Compliance es ya una realidad. Una de las razones de esta demanda deriva del creciente reconocimiento por las empresas de estos profesionales como catalizadores de la transformación y de la generación de ventaja competitiva por la vía de la reducción de los riesgos empresariales y del desarrollo de la reputación de la organización en su mercado y sociedad.

Además de esta realidad empresarial, hay que sumar una necesidad legal que aconseja y obliga a las empresas a dotarse de profesionales de Compliance cualificados y capaces de acreditar sus conocimientos:

  • La reforma legal del Código Penal introdujo en nuestra legislación la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Para evitar este riesgo se introdujo como elemento exonerador de la responsabilidad la existencia de modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos (Programas de Compliance). Para cumplir con este requisito se necesitan profesionales que los diseñen e implementen, así como profesionales que luego los dirijan y supervisen (Compliance Officers).
  • Recientemente la Directiva Europea (UE) 2019/1937 obliga a todos los estados miembros en dos años a que las empresas públicas y privadas de más de 50 trabajadores y los municipios de más de 10.000 habitantes pongan en marcha canales de denuncia. Canales que deben ser gestionados por profesionales externos o internos debidamente cualificados.

Para la eficacia legal de un programa de compliance es necesario que este implantado y operativo , no basta con un extenso documento elaborado por una consultora o despacho de abogados, debe ser una realidad en los procesos de la organización.

En idéntico sentido es necesario que los profesionales que prestan estos servicios, ya sean internos o externos a la organización, dispongan de la debida cualificación que aseguren la idoneidad y eficacia del modelo de gestión implantado. Ni cumplen los programas de Compliance cosméticos o meramente documentales, ni cumplen las personas asignadas a la función de Compliance sin la debida preparación, independencia y autoridad dentro de la organización.

Tanto la creciente pujanza del Compliance un área de la gestión empresarial y de las organizaciones, como estos dos cambios normativos están generando una creciente demanda de profesionales acreditados en COMPLIANCE, ya sea por la vía de estudios o certificaciones profesionales de asociaciones profesionales u organismos de certificación.

El Compliance no es una disciplina Legal, es un ámbito de gestión de las organizaciones de carácter multidisciplinar que involucra conocimientos de diferentes áreas: managemet, legal, económicos, gestión de equipos y de gestión de riesgos entre otros.

Compliance es un modelo de gestión basado en un compromiso ético de la empresa con el cumplimiento de las normas legales y de su propio código de conducta. Trabajando proactivamente por prevenir, anticipar y gestionar los riesgos de incumplimiento que llevan aparejados los distintos procesos de negocio de la organización. Se basa en una dinámica de permanente monitorización de la organización, las personas, los procesos y las relaciones con terceros enfocados a la mejora continua y a la reducción de los riesgos, este proceso introduce un poderoso elemento transformador de la organización.

En conclusión, formarse y certificarse en Compliance es un elemento de indudable valor curricular para los profesionales relacionados con las empresas y organizaciones. Dado el carácter legal de muchas de las funciones que desarrollan estos profesionales la cualificación es necesario que sea acreditable de forma objetiva, bien mediante alguna certificación con reconocimiento o título formativo.

 


 
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