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17/04/2018

WCA se adhiere al Registro de Grupos de Interés de la CNMC

La firma de esta Declaración supone la aceptación expresa del Decálogo Ético y de todas sus reglas éticas, en todas las actividades de participación activa del Grupo de interés, en la conformación y toma de decisiones del ámbito de la CNMC.

La WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION se ha adherido al Registro de Grupos de Interés de la CNMC y con ello comprometido, tanto a nivel institucional como de las personas que la representan, a cumplir con los principios de actuación de obligado cumplimeinto que recoge su Decálogo Ético.

Desde la WCA animamos a todas las organizaciones de todos los ámbitos a formar parte de este registro voluntario y que pretende que los principios de transparencia y ética presidan todos los contactos de la CNMC con los grupos de interés, ya sea que actúen en defensa de intereses propios, de terceros o incluso de otros intereses generales, así como permita conocer quién influye, sobre quién lo hace, con qué medios y qué resultados.

Para darse de alta en el Registro de Grupos de interés de la CNMC:  pinche aquí

 

Decálogo Ético

I. Respetar las instituciones y personas con quienes se relacionan en el desarrollo de su actividad.

II. Actuar de forma transparente. lnformar al personal de la CNMC con quien se relacionen, cualquiera que fuera el escenario o medio por el que se comuniquen, que están actuando como grupos de interés y que están inscritos en el Registro de Grupos de lnterés de la CNMC y, en su caso, en cualquier otro listado similar.

III. Facilitar la información relativa a la identidad de la persona u organización a quien representan y los objetivos y finalidades representadas. Garantizar la exactitud y actualización de la información que se inscribe.

IV. No difundir la información de carácter confidencial que pudieran conocer en el ejercicio de su actividad. Aceptar que parte de la información que proporcionen a la CNMC se haga pública.

V. Actuar con integridad y honestidad en el desarrollo de su actividad y en sus relaciones con el personal de la CNMC y no llevar a cabo ninguna actividad que pueda ser calificada como deshonesta o ilícita.

VI. No poner al referido personal de la CNMC en ninguna situación que pueda generar un conflicto de intereses.

VII. No influir ni intentar influir en la toma de decisiones de manera deshonesta ni obtener o intentar obtener información de manera deshonesta o a través de un comportamiento inapropiado.

VIII. No incitar, por ningún medio, a los empleados públicos de la CNMC a infringir la ley o las reglas de comportamiento establecidas en los códigos de conducta, y, en consecuencia, no realizar ningún obsequio de valor ni ofrecer ningún favor o servicio que pueda comprometer la ejecución íntegra de las funciones públicas

IX. lnformar a las personas u organizaciones a quienes representen de la existencia de los presentes Principios de Actuación y de las obligaciones que incluyen, y no representar intereses contradictorios o adversos sin el consentimiento informado de las personas u organizaciones afectadas.

X. No hacer uso abusivo del alta para darse publicidad, ni dar a entender que el hecho de figurar en el Registro les confiere una situación o privilegio especial ante los poderes públicos.

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