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12/03/2019

Lina Anllo: "Planteo el tema de compliance con una perspectiva de género"

Participación de la Dra. Lina Silvana Anllo - Presidenta de la WCA- Capítulo Argentina

Después de la sanción de la ley 27.401, de responsabilidad penal de las empresas en casos de corrupción, cobró más relevancia la figura del compliance officer y el establecimiento por parte de las empresas de líneas anónimas de denuncias. Sin embargo, hubo un giro inesperado. La mayoría de las denuncias son de acoso sexual y laboral, que también ponen en juego la reputación de la compañía. Al momento de redactar el código de ética (responsabilidad en general de compliance), se debe pensar en cómo preservar la equidad y cómo proteger al denunciante del acoso. Compliance es multidisciplinario y transversal a toda la compañía, opina la abogada Lina Anllo. La recomendación es no cajonear nunca las denuncias.

Anllo está nominada en la categoría abogada especializada en compliance en la sexta edición de los premios internacionales Women in Compliance Awards WICA, que se darán el 28 de este mes, en Londres. ¿Por qué solo se premia a las mujeres? Generalmente la función de compliance officer es ocupada por mujeres. Son las que están a cargo del monitoreo y de los programas de integridad, afirma Anllo. Inicialmente esta era una posición de auditoras y contadoras, muchas de perfil femenino. Ahora, desde que se puso en vigor la ley penal, también nos incorporamos las abogadas, agrega. ¿Hay una característica femenina relacionada con el control?, se pregunta. ¡Sí! Claramente, expresa con una carcajada. Las auditoras generalmente son mujeres.

Avances anticorrupción

La Argentina está dando pasos importantes en compliance

El año pasado, el 1° de marzo, entró en vigor la ley 27.401, en que se responsabiliza penalmente a las personas jurídicas y se incorpora el compliance, el programa de integridad, como barrera a la corrupción pública-privada. Este programa es obligatorio para las empresas que hacen negocios con el Estado y sugerido para quienes no contratan directamente. Agrega que es novedoso que se pueda responsabilizar a la persona jurídica aunque no se encuentre el culpable físico del delito, y también que la cadena de valor de las empresas con contratos con el Estado más tarde o más temprano van a tener que tener un programa de integridad propio o adherirse al de la empresa con la que trabajan. La Argentina está dando pasos importantes, dice Anllo.

Norma ISO

Es un estándar internacional bajo el cual se certifican empresas españolas y chilenas, entre otras

La ley de responsabilidad penal fue un gran paso. Fue una ley muy discutida en algunos de sus aspectos, por ejemplo, la posible imprescriptibilidad de las penas por delitos de corrupción, que finalmente no salió, porque la imprescriptibilidad es solamente para delitos de lesa humanidad.

¿Tiene cosas para mejorar? Sí, comparada con algunas legislaciones extranjeras. Por ejemplo, la obligatoriedad de que los programas de integridad se certifiquen a través de la norma ISO 37.001 antisoborno. Es un estándar internacional bajo el cual se certifican empresa chilenas y españolas, entre otras. Sin embargo, por la coyuntura económica, hoy representa un costo para las empresas tener un programa de integridad. Agregar la certificación ISO, que es un costo adicional, no es posible para muchas de ellas.

Los programas de integridad tienen requisitos obligatorios y sugeridos. Los sugeridos suelen estar en otras legislaciones como obligatorios. Pero nuestra ley tiene algo que es muy importante: es la única en el mundo que establece la obligatoriedad de que las empresas que tienen contratos con el Estado cuenten con un programa de integridad. Las demás legislaciones en el mundo lo sugieren, pero no obligan.

Pymes

En una Argentina en crisis económica todo es más complejo

El tema de las pymes fue superdiscutido en el Congreso al momento de discutirse el proyecto, porque querían quedarse afuera. No quedan afuera, están incorporadas, pero el artículo 22 establece que el programa de integridad tiene que ser en la medida de la razonabilidad de acuerdo con la organización de la cual se trate. Una pyme, a veces, ni siquiera cuenta con un departamento de legales, sino que tiene un abogado externo. En estos casos el dueño de la pyme comanda su programa de integridad. A la hora del análisis judicial las exigencias van a ser menores que las de una gran corporación, porque en general no hay presupuesto para tener un compliance officer, capacitaciones, etc. En cambio, una gran compañía no va a poder excusarse por falta de presupuesto. El compliance corporativo es un paraguas de protección para la compañía, no es un gasto, sino una inversión. Un delito de corrupción daña a la marca. Sin embargo, obviamente en una Argentina en crisis económica todo es más complejo.

Responsabilidad penal

Hoy los oficiales de cumplimiento están muy preocupados

Cuando se define un negocio, el compliance officer tiene que estar sentado a la mesa. Sin embargo, puede suceder que sea notificado cuando el negocio ya se cerró. En cuanto a la responsabilidad penal, si actuó debidamente no va a responder legalmente siempre y cuando registre todo lo que hace a modo de prueba. Hoy los oficiales de cumplimiento está muy preocupados. Todos piden aumento salarial, bromea.

Lina Anllo

Pta. del capítulo argentino de World Compliance Association

Profesión: abogada

Nacionalidad: argentina

Se ha especializado en género en ONU Women y fue designada

Mujer Líder de América por la OEA

Master en Derecho Penal en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UBA

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