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21/10/2019

El II Congreso de Defensa Penal de la Persona Jurídica reunió a más de 120 profesionales

Los expertos pusieron de relevancia el papel de los programas de cumplimiento normativo y debatieron sobre su uso en la defensa penal

El pasado 17 de octubre tuvo lugar en el Auditorio Cecabank de Madrid el II Congreso de Defensa Penal de la Persona Jurídica, la reunión anual dedicada a los problemas procesales a los que se enfrentan las personas jurídicas involucradas en un pleito penal en España. El evento, organizado por la World Compliance Association (WCA) con el apoyo de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) y dirigido por el fiscal Juan Antonio Frago Amada, reunió a más de 120 profesionales del sector, interesados en conocer la actualidad y futuro de la aplicación del compliance en la defensa penal de la persona jurídica. El programa del congreso lo componían más de quince ponentes con amplia experiencia profesional dentro del ámbito, catedráticos, abogados y representantes de grandes empresas de certificación como ENAC y TÜV-SÜD, así como magistrados y fiscales que dieron a los asistentes una visión del cumplimiento desde los tribunales. 

La inauguración de la jornada corrió a cargo del presidente de la WCA, Iván Martínez, y del decano de la Facultad de Ciencias Sociales de Ciudad Real y Catedrático de Hacienda Pública de la UCLM, Juan José Rubio Guerrero. Ambos abrieron el congreso agradeciendo la asistencia de los participantes y recordando los retos con los que debe trabajar. “El compliance es fundamental en la formación de los universitarios. No solamente en las facultades de derecho, también en economía, ciencias sociales, administración de empresas, etc.”, opinó el decano, “debemos tomar consciencia del papel del legal compliance”.

 

La jornada comenzó con la presentación del Observatorio de Compliance, un proyecto en conjunto de la WCA y la UCLM que tiene como objetivo promover y extender la cultura del compliance. En palabras del vicepresidente de la WCA, Diego Cabezuela Sancho, el Observatorio permitirá “diseñar índices para cuantificar ratios de cumplimiento, medirlo y estimular a las empresas para que compitan entre ellas en este ámbito, así como monitorizar resoluciones en la materia”.

El catedrático de Derecho Penal de la universidad, Adán Nieto, utilizó su intervención para explicar las bases metodológicas del observatorio y del cumplimiento normativo, asegurando que debe servir como herramienta para “comprobar a lo largo del tiempo los esfuerzos que ha hecho una organización para mejorar su sistema de cumplimento”. Para el catedrático es importante que el cumplimiento se valore a través de la película, es decir, de la valoración de todas las acciones que ha llevado a cabo la empresa, y no solamente de la fotografía, el hecho delictivo en concreto. 

Por su parte, el abogado penalista y consultor en SF Compliance, Rubén Veiga, ofreció a los asistentes una didáctica introducción a la responsabilidad penal de la persona jurídica y repasó su contexto, régimen legal, delitos y penas a fin de introducir la materia que el resto de ponentes expusieron a continuación. 

Responsabilidad civil y seguros

En el siguiente bloque, el abogado y copresidente de la sección de Responsabilidad Civil y Seguro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Sergio García-Valle, destacó el papel “fundamental” de la responsabilidad civil en el ámbito del compliance. Haciendo referencia a una sentencia del Excmo. Antonio del Moral García, recordó que los planes de cumplimiento “pueden operar como causas exoneradoras de la responsabilidad penal de la persona jurídica; pero no pueden afectar en principio ni a la responsabilidad civil; ni menos aún a la responsabilidad penal de las personas físicas responsables de delitos dolosos cometidos en el seno de una empresa”. 

En su intervención, hizo hincapié en la importancia de los seguros de responsabilidad civil, pues la persona jurídica se enfrenta a diversos problemas en este aspecto que pueden suponer millones de euros y “es fundamental revisarlo sobre todo para proteger el patrimonio de la persona jurídica”. Concluyó su ponencia asegurando que “los programas de cumplimiento son un medio adecuado para la prevención de delitos y, por tanto, para evitar que se causen daños a terceros” y señaló que “las aseguradoras ya están exigiendo y van a exigir cada vez más programas de cumplimiento adecuados y efectivos, como requisitos para la suscripción de las pólizas y para aminorar riesgos de abonar indemnizaciones por responsabilidad corporativa”. 

La recuperación de activos en delitos económicos

El comandante de la Guardia Civil Vicente Corral Escariz expuso a los asistentes los principales problemas relativos para la recuperación de activos en delitos cometidos poner personas jurídicas, haciendo especial referencia a la cooperación jurídica internacional. Empezando por hablar sobre este procedimiento a nivel mundial, siguió con la Unión Europea para terminar centrándose en el caso español, no sin antes hacer un paréntesis para comentar la situación generada por el Brexit.

Al inicio de su exposición, el comandante resaltó algunos beneficios de la recuperación de activos delictivos, como la disminución de la economía sumergida, la devolución de la confianza en el sistema y la certeza de que no se reinvertirán en el crimen, sino que servirán para combatirlo. 

En una ilustrativa ponencia, el experto mostró las numerosas redes regionales de intercambio de información y explicó el funcionamiento del proceso, desde la localización hasta el embargo y decomiso, sin olvidar la gestión final de estos. 

Líneas de defensa y mediación organizacional

El tercer bloque de la jornada giró entorno a las líneas de defensa y el papel de la mediación organizacional, no sin antes hablar de las buenas prácticas en la gestión anticorrupción. El presidente de la WCA, Iván Martínez, abrió el bloque arrojando algunos datos sobre la corrupción y destacando la importancia de las normas ISO en este ámbito, como preludio del siguiente bloque. 

Para Martínez, la corrupción genera desconfianza, abstención, falta de identidad y retroalimentación, consecuencias que, sumadas al a crisis económica, generan una polarización política. Según el Triángulo del fraude y la corrupción, el 73% del riesgo de soborno es por oportunidad por tanto, según el excepto, “la idea de crear marcos de control y cumplimiento tiene el fin de reducir esa percepción de oportunidad”. Para ganar la batalla a la corrupción, “ambiente de control, formación ética, endurecimiento de sanciones y transparencia”, señaló.

Por su parte, el abogado y catedrático de Derecho Penal, Bernardo del Rosal Blasco, habló sobre las principales líneas de defensa penal de la persona jurídica, diferenciando entre aquella empresas que, desde la cúpula, promueven los comportamientos irregulares o delictivos – a las que solamente pudo desear buena suerte, pues “en caso de detectar judicialmente esos delitos tiene muy complicada la defensa penal”- y las empresas que, desde la cúpula, tienen voluntad de operar y funcionar en el mercado con el necesario nivel de legalidad. 

Para el catedrático, en este segundo tipo de empresas, un buen programa de prevención evita buena parte de los problemas penales de esta y, a buen seguro, los más graves. Además, servirá para “conocer muy  bien y con mucho detalle las tripas de la empresa”. Centrándose en este segundo tipo, explicó los diferentes procesos en que puede ser detectado un delito, diferenciando entre el momento en que aun no está judicializado y, por tanto, se deben tomar varias decisiones previas a su denuncia, y el momento en que ya se ha judicializado y se debe plantear la estrategia de defensa penal. 

La cultura de la mediación organizacional para la prevención de delitos fue el tercer tema a tratar en este bloque, por parte del director general de la Asociación Española de Mediación y vocal del Foro de Mediación del Ministerio de Justicia, Jesús Lorenzo Aguilar. Según el experto, esta actividad puede ahorrar mucho dinero a la empresa, puesto que ofrece un apoyo a los trabajadores y empresa antes de que el asunto llegue al marco penal. 

“Si existen problemas entre partes de la empresas (trabajadores o directivos), el trabajador termina sintiéndose frustrado y lo primero que hace es decolaborar activamente con la empresas (por ejemplo, con bajas laborales)”, expuso, “así pues, se generan pérdidas, que pueden terminar suponiendo un 50-80% de coste de pérdidas de la empresa”. Para el experto es crucial que el sistema de gestión de riesgos penales de la empresa cuente con un equipo mediador como herramienta para la detección temprana de conflictos.

Certificación de sistemas de compliance: debate

El presidente de la WCA moderó un interesante bloque sobre el presente y futuro de la certificación de sistema de compliance, en que participaron representantes de algunas de las principales empresas de certificación, IMQ Ibérica, ENAC, TÜV-SÜD, así como la directora del Área de Certificación de Sistemas de la WCA, Paloma López Lemos

Para el experto técnico en compliance de ENAC, César J Fernández, la certificación de sistemas significa “robustez”, puesto que es una persona ajena quien acredita el correcto funcionamiento de la empresa. El experto, coincidiendo con López Lemos, señaló que la importancia de un sistema de compliance no está en el peso ni en el volumen, pues “que un sistema tenga 4 o 400 páginas no significa que sea bueno o malo” y hay que centrarse en las necesidades de cada empresa. 

Por su parte, el director general de IMQ Ibérica, Alejandro García Ruiz, señaló que el problema en el caso español es que muchas empresas sufren de desconocimiento en materia normativa y se encuentran perdidas, puesto que no saben a qué norma acudir frente las diversas existentes. García Ruiz recomendó la ISO 37001 frente a las demás y consideró que en el mercado español se debe seguir trabajando para darla a conocer y para mejorar los sistemas existentes, pues “la calidad que se está encontrando es baja”, aseguró, afirmando que muchos de los sistemas que han auditado no cumplen el mínimo adecuado.

El Business Line Manager del Departamento de Compliance Industrial de TÜV-SÜD, Fernando Soto Cano, opinó que el mero hecho de que una empresa se enfrente a la certificación y que deba medir su valía a través de un “examen” ya implica una preparación, que va a ser beneficiosa para la empresa. Igualmente, el experto señaló que se debe tener en cuenta que, en la certificación, “se valora el sistema en sí, no la posibilidad de que se lo salten”. 

López Lemos explicó también, tras la pregunta de una asistente, que los auditores deben valorar todos los casos que se les presentan y, a veces, valorar el riesgo de reputación que supone certificar a ciertas empresas, por ejemplo, las que ya hayan cometido delitos. Los diferentes expertos coincidieron en que este no debe ser motivo para no optar a una certificación, siempre que la empresa esté dispuesta a mejorar sus sistemas de cumplimiento. 

La visión de fiscales y magistrados

En el último bloque del congreso, el fiscal de delitos económicos de la Fiscalía Provincial de La Coruña, Juan Antonio Frago Amada, y el Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Antonio del Moral García, hablaron sobre los procesos de personas jurídicas relacionados con los concursos e insolvencias y analizaron la jurisprudencia del Tribunal Supremo más reciente. 

Frago Amada, por su parte, expuso el Capítulo VII bis, De las insolvencias punibles, repasando las diferentes implicaciones de los artículos. Asimismo, repasó diversas cuestiones procesales y sentencias recaídas en la materia. 

El magistrado centró su ponencia en el trato de la persona jurídica en los tribunales. Del Moral, que confesó haberse posicionado inicialmente en el grupo de los escépticos en relación a la condena de la persona jurídica, señaló que, a día de hoy, es importante diferenciar ente la persona física y la jurídica y que no debemos olvidar que la persona jurídica funciona como “una metáfora”, puesto que una persona jurídica no puede cometer un delito. 

Para el magistrado, el auge del compliance ha supuesto la creación de muchos cursos y muchas conferencias pero, sin embargo, “solo algunas imputaciones, una veintena de condenas y una docena de sentencias del Tribunal Supremo”. “El sistema ha creado una sensibilización con las empresas que evita la producción de delitos”, señaló. Para Del Moral, “lo más importante en este ámbito no son los condenados, sino los que no”, aseguró, “lo importante es cuántos delitos se han evitado porque este sistema estimula a crear mecanismos que eviten la comisión de delitos”.

Tras repasar varias sentencias del Tribunal Supremo y ver cómo ha evolucionado el trato de la persona jurídica en estas, el magistrado concluyó su ponencia recordando que las personas jurídicas “no tienen huesos, patas, ojos ni boca y no padecen” y que, por tanto, “no se juega con su libertad y no pueden declarar”, siendo finalmente las personas físicas quienes deben ser llamadas a declarar y quienes terminan padeciendo las penas. 

 

Tras este bloque, uno de los más esperados de la jornada, se clausuró el evento. Con éxito de asistenci, se ha convertido en un escenario de referencia y punto de encuentro para todos los interesados e interesadas en conocer la actualidad en defensa penal, que promete una nuedición para el próximo año.

El evento contó con la inestimable colaboración de las entidades patrocinadoras y colaboradoras Gómez-Acebo & Pombo, Bureau Van Dijk, Intedya, Sepín, SF Formación, Madrid Foro Empresarial, Wolters Kluwer, REA Auditores, Revista Transformación Digital, Fundación FIASEP, Asociación contra la Corrupción y por la Regeneración Social (ACCORS), Associació Catalana de Comptabilitat i Direcció (ACCID), Behavior & Law, COMPCAT, Asociación Española de Empresas contra el Fraude, Ilustre Colegio Provincial de Abogados de A Coruña, Asociación Española de Mediación (ASEMED) y la UNIR.



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