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23/04/2020

Canal Denuncias: Conflictos de Intereses

                Autor: Cesar J Fdez Pérez. Abogado. Compliance Officer. Experto Técnico Compliance en ENAC y Experto Externo acreditado ante SEPBLAC.

 

 

                El canal de denuncias tiene su origen en la administración pública norteamericana Lloyd–La Follete Act de 1912, Whistleblower Protection Act de 1989. Y, para las empresas estadounidenses cotizadas y sus filiales en Europa, en la Sarbanes Oxley Act de 2002

                El Código Penal español establece que las organizaciones quedarán exentas de responsabilidad penal si establecen modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.

                El canal de denuncias supone una medida esencial para prevención y detección de las posibles conductas que puedan dar lugar a incumplimientos penales.

Dentro del SGCP se deben facilitar canales de comunicación (denuncias) para que tanto los miembros de la organización como terceros comuniquen de buena fe y, sobre la base de indicios razonables, aquellas circunstancias que puedan suponer la materialización de un riesgo penal . También deberán comunicarse los incumplimientos o debilidades del sistema de gestión de compliance penal.

                Estos canales de comunicación de las organizaciones deben:

·         Garantizar la confidencialidad o el anonimato de la identidad de las personas que hagan uso de dichos canales de comunicación

·         Permitir la realización de comunicaciones de manera anónima o confidencial.

·         Prohibir cualquier tipo de represalia, tomando las medidas necesarias para proteger a aquellos miembros de la organización o terceros que realicen comunicaciones de buena fe y, sobre la base de indicios razonables, a través de dichos canales de comunicación.

·         Facilitar asesoramiento a aquellas personas que planteen dudas o inquietudes relacionadas a través de los canales de comunicación.

·         Garantizar que los miembros de la organización conozcan los canales de comunicación existentes y los procedimientos que regulan su funcionamiento.

 

Así mismo se debe fomentar el uso de los canales de comunicación entre los miembros de la organización.

 

Por otro lado el Diario Oficial de la UE ha publicado el día 26 de noviembre de 2019 la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento y del Consejo de fecha 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de Unión, más conocida como Directiva de Protección al Whistleblower.

 

La Directiva establece la obligación de establecer un canal de denuncias interno proporcional al tamaño y nivel de riesgo de las actividades de la organización. Los canales de denuncia deben garantizar la confidencialidad y el seguimiento diligente de la denuncia. Así mismo, las personas denunciantes deben gozar de una protección frente a represalias ante los hechos y supuestos comunicados.

 

Pero ¿qué ocurre cuando quien recibe las comunicaciones es la persona o una de las personas directamente implicadas en la conducta denunciada? Es una de las problemáticas que nos encontramos tanto en la fase de implementación del SGCP como en la fase de auditoría. Puesto que esa persona tiene un conflicto de intereses, entre la correcta gestión del canal de denuncias y la omisión de la comunicación en defensa de sus propios y únicos intereses. O que con motivo de esta gestión los propios comunicantes se retraigan de comunicar los incumplimientos.

 

¿Cómo se puede solventar ese conflicto de intereses? En principio existen varias soluciones entre ellas:

·         La gestión del canal de denuncias sea efectuada por varias personas y que todas de forma simultánea reciban las comunicaciones.

·         Un tercero externo reciba la comunicación y que proceda a la remisión de esta a persona o personas no afectadas por esta.

·         La gestión integra del canal de denuncias sea prestado por una tercera persona externa.

Con estas acciones se pretende dotar una mayor transparencia y confianza a quienes vayan a comunicar posibles incumplimientos del SGCP.

 

Si ha sido de tu agrado el artículo y te gustaría conocer mi opinión sobre este y otros contenidos en materia de Compliance, puedes leerlos en mi Blog de Compliance: Experts Compliance

 


 
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