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18/02/2021

CUCHIPANDEADA Y EL VACUNAGATE PERUANO

Código de ética

Autora: Rosa Elena Heredia Mendoza[i]

A propósito del escándalo vacunagate que ha reventado en el Perú, en la que no solo están involucrados altos funcionarios públicos, sino también personas que ocupan posiciones muy importantes en el sector privado, recordé que en una entrevista sobre empresas y cumplimiento normativo el periodista Rubén Trujillo mencionó el término “cuchipandeada” para referirse a actos indebidos: «buscan a ese tipo de personas que no van a tener escrúpulos en aceptar cualquier cuchipandeada, buscan ese tipo de personas».

Realmente, es bastante preocupante lo señalado por el mencionado periodista pues, en mi opinión el éxito de un modelo de prevención de riesgos penales depende mucho de la cultura que se implante en una organización y por ello, uno de los elementos -quizás el más importante- de estos modelos de prevención es el código de conducta o ética, que es la norma que todo director, gerente y trabajador debe cumplir, ya que constituye una “ley de obligatorio cumplimiento”. Así, la tratadista Escayola[1] señala sobre el Código Ético lo siguiente:

El código ético se instrumentaliza mediante un documento que recoge los patrones, valores, símbolos, lenguaje, historias y prácticas de la compañía, los cuales se ven reflejados en la forma que sus directores, gerentes o administradores la conducen y cómo los colaboradores se desempeñan en la misma. Esto permite a la organización contar con lineamientos claros que establecen pautas de conducta que deben respetarse tanto por los directivos y/o accionistas, como por los colaboradores de una empresa en sus acciones diarias.

Sin embargo, tener un modelo de prevención de riesgos, un oficial de cumplimiento y un código de ética en el que se grite a los cuatro vientos que la tolerancia frente a la corrupción es cero, no necesariamente implicará que la empresa sea exonerada de cualquier responsabilidad penal en el caso que su gerente general haya obtenido buenos resultados pagando y repartiendo coimas (rompiendo la mano a funcionarios) por doquier. Sobre este tema resulta muy ilustrativo el artículo publicado por Rodríguez[2] sobre el caso Corpesca en el que la empresa, a pesar de tener un modelo de cumplimiento de riesgos penales no pudo exonerarse de responsabilidad penal porque – tal como señalamos coloquialmente- borró con la mano izquierda lo hecho con la mano derecha, tal como detallamos a continuación: (i) El gerente general disponía del pago de coimas sin control alguno, (ii) el oficial de cumplimiento era el subgerente de finanzas que carecía de independencia para poder reportar al gerente general -su jefe- ante el directorio, (iii) el gerente general lejos de ser sancionado por ser un corruptor, fue premiado con una indemnización y además se le extendió una carta de felicitación y agradecimiento por su excelente gestión (algo parecido a las gracias presidenciales otorgadas a la ex Ministra Mazzetti y que luego del escándalo vacunagate se las quitaron), y (iv) el gerente general fue reubicado en otra empresa perteneciente al grupo Corpesca. En síntesis, el programa de riesgos penales de Corpesca no era idóneo porque para esta empresa lo más importante era que el gerente general cumpliera con el requisito para hacer cuchipandeadas y por ello fue premiado y reubicado.

Pero, cómo saber si una persona no tiene escrúpulos para hacer cuchipandeadas y ahí está lo más difícil; sin embargo, a través de una historia ficticia (cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia) trataremos de describir el perfil para cuchipandear:

Nerón

“… las culturas organizativas son convicciones y valores profundos y compartidos, junto a prácticas y comportamiento usuales dentro de una organización. La cultura organizativa influye en la forma en que las personas que forman la organización interactúan entre sí y con otras personas fuera de la organización”[3]

 

Enrique contaba que cuando las empresas prestadoras de servicios públicos eran estatales, le daba cierta cuota de poder para actuar con arbitrariedad e impunidad. Decía que era muy ventajoso trabajar en una empresa monopólica, pues cuando iban a un restaurante y se sentían maltratados llamaban al área de corte de la empresa para que le suspendan el servicio telefónico, de agua o de electricidad por un día; precisaba que eso ocurría porque en aquellos tiempos nadie supervisaba a la empresa estatal.

Resulta que no era mentira y que esas prácticas abusivas quedaron bastante impregnadas en el cerebro de muchos. Patricia narraba que, una vez tuvo que asistir a una reunión de trabajo en un hotel (todo incluido) en el que era obligatorio usar una pulsera (tan similar a las que colocan los hoteles resort en el Caribe) para poder hacer permanecer en el hotel y tener acceso a todo de manera gratuita.

Entre los asistentes estaba un alto directivo que se rehusaba a cumplir con las reglas del hotel, y que ante el pedido de un trabajador del hotel para que le muestre su pulsera se puso agresivo y faltoso con éste, quien sólo cumplía con su trabajo y con los procedimientos aprobados. Según lo narrado por Patricia, llegó un momento que sintió vergüenza ajena, pues otros huéspedes escucharon amenazas tales como “soy Nerón y a mí no me van a poner pulseritas, y si me vas a aplicar tus reglas hago que las cuarenta personas que están aquí conmigo, se retiren inmediatamente”. Como el trabajador ni el administrador podían hacer una excepción a su procedimiento, Nerón y las cuarenta personas se retiraron del hotel.

Patricia, al igual que otras personas que formaban parte de ese grupo, sabían que había que respetar y cumplir las reglas del hotel, pero por ahí siempre están los felpudines (sobones) que aplaudieron a Nerón y se sumaron en el maltrato hacia el trabajador del hotel. No faltó por ahí la actuación de una persona que para garantizarse la permanencia en la organización a viva voz dijo “esto no se puede quedar así, qué se han creído estos tal por cual (palabras irrepetibles), hay que pedir que los dejen sin electricidad porque con solo una llamada causo un apagón”. En ese instante sus compañeros le hicieron recapacitar, señalándole que eso no se podía hacer porque era actuar de manera abusiva; sin embargo, como había que vengarse de alguna manera por la “insolencia” del trabajador, optaron por retrasarle por más de seis meses el pago de la factura por el uso de las instalaciones y por los consumos efectuados durante la corta permanencia.

Ahora, cabe preguntarse si los personajes de esta historia ficticia se prestarían a hacer cuchipandeadas, es decir, a incumplir la ley pagando coimas e infringiendo cualquier código de ética que pueda aprobar su organización. Y, por último, mírese al espejo y vea si en él se refleja la imagen de Nerón y sus secuaces.

 

 




[1] ESCAYOLA MARANGES, Elisabet. Código Ético. En Practicum Compliance 2018. Navarra, Thomson Reuters, 2018, pp. 97-117.

[2] REYES, Rodrigo. Compliance: Condena Penal a empresa Corpesca y enseñanzas del caso. En el Mercurio Legal, 14 de diciembre de 2020.

[3] MELÉ, Doménec. Ética en dirección de empresas. Calidad humana para una buena gestión.”. Madrid, Pearson, 2016, p. 24.




[i] Abogada por la Universidad de Lima. Magister en Derecho Empresarial por la Universidad de Lima. Actualmente viene cursando la Maestría en Gestión de riesgos: Fraude y Blanqueo en EALDE Business School de España y la Maestría en Regulación Energética en la Universidad Externado de Colombia
 

 


 
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