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20/10/2020

Chile muestra limitada aplicación de medidas contra el soborno extranjero

Así lo indica el último reporte de Transparencia Internacional sobre corrupción en el proceso exportador, Exporting Corruption Report 2020.

Fuente: Diario Financiero. Publicada el 13 de Octubre de 2020. Autora: Claudia Rivas.

 

Según el último reporte “exporting corruption” de Transparencia Internacional, Chile se cuenta entre los países que aplican medidas de manera limitada para tratar de impedir la corrupción en materia de exportaciones, lo que da cuenta de falta de sentencias en lo que respecta a casos de soborno, en lo que se percibe una cierta falta de conciencia sobre esta materia.

Casualmente, el reporte de Transparencia Internacional se conoce justo días después del escándalo que provocó el que se hiciera pública la esrafa de una empresa local que enviaba a Canadá frambuesas congeladas provenientes de Chinea, bajo el rótulo de producto orgánico chileno.

El Exporting Corruption Report 2020 califica el desempeño de 47 países exportadores mundiales líderes, incluídos 43 signatarios de la Convención Antisoborno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); mientras que las cuatro naciones exportadoras incluidas en el estudio y que no pertenecen a la citada convención son China, la Región Administrativa especial (RAE de Hong Kong, India y Singapur.

El informe, que califica a los países estudiados en las categorías de “activo”, “moderado”, “limitado” y “poco o no” en la aplicación de medidas para evitar la corrupción en el proceso de exportación, revela que sólo cuatro de ellos hacen cumplir activamente medidas contra el soborno extranjero: Estados Unidos, Reino Unido, Suiza e Israel. Y otros nueve lo hacen cumplir moderadamente: Alemania, Francia, Italia, España, Australia, Brasil, Suecia, Noruega y Portugal.

Nuestro país se encuentra en la tercera categoría; es decir, que aplica de manera limitada las medidas contra el soborno extranjero en las exportaciones. En este grupo, Chile figura en el séptimo lugar, después de Países Bajos, Canadá, Austria, Dinamarca, Sudáfrica y Argentina; y seguido por Grecia, Colombia, Lituania, Nueva Zelanda, Eslovenia, Costa Rica, Estonia y Letonia.

Mientras que otros 19 países aplican poco o no aplican las medidas para evitar el soborno extranjero: China, Japón, Corea del Sur, Hong Kong, India, México, Irlanda, Rusia, Bélgica, Singapur, Polonia, Turquía, República Checa, Luxemburgo, Hungría, Finlandia, Eslovaquia, Perú y Bulgaria. 

 

Chile: leyes no ofrecen protección.

Según el estudio, “Chile demuestra una aplicación limitada contra las empresas que sobornan en el extranjero” y añade que nuestro país representa 0,3% de las exportaciones mundiales y aunque lleví a cabo 11 investigaciones de 2016 a 2019, no inició ning´pun caso en este período y sólo uno iniciado con anterioridad terminó con sanciones.

A manera de conclusión, el informe señala sobre Chile que “actualmente el país no cuenta con un registro central de beneficiarios reales de empresas y sus leyes no ofrecen protección a los denunciantes ni en el sector público ni en el privado” y, advierte, que “la falta de capacitación de fiscales y jueces pone en peligro los esfuerzos para aumentar la aplicación (de medidas en contra) del soborno extranjero, al igual que la falta de conciencia sobre el tema”.

 

Frambuesas: sistema lento y descoordinado

El director ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht, profundizó en el tema respecto de Chile, explicando que más que el bajo nivel de fiscalización, lo que ubica a Chile en una posición que se podría llamar como de alerta, es “el nivel de coordinación entre las distintas agencias”. Eso se percibe -señala- en distintos ámbitos. Sin embargo, admite que en el “ámbito anticorrupción se han hecho esfuerzos importantes por parte de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) por incorporar a los servicios públicos como entes que deben colaborar en la lucha contra la corrupción de manera activa”.

Ello se tendría que hacer mediante la creación de sistemas de prevención de delitos -añade-, pero se requiere que este sistema sea coordinado. “Y, claramente -agrega-ahí es donde existen falencias importantes, como por ejemplo, que los servicios públicos se comuniquen cuando tengan alguna materia que sea de su interés o no sean lo completamente prestos para entregar esa información a otros agentes fiscalizadores como podría ser el Ministerio Público, la Contraloría, alguna superintendencia, etc., para que el sistema se active a tiempo”.

Es ahí donde Precht entra a la contingencia, asegurando que en el caso de las frambuesas “la información estuvo a tiempo pero el sistema fue lento y descoordinado en reaccionar”.

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