El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado el despido disciplinario de un albañil que fue pillado hasta en siete jornadas laborales realizando visitas al bar para consumir bebidas alcohólicas y jugar a las máquinas tragaperras. Unos descansos que, sin embargo, no reflejaba en sus partes de trabajo, en los que constaba que había estado desempeñando sus tareas de forma continua durante las mañanas y las tardes. La sentencia rechaza así el recurso del demandante que, si bien admitió los hechos, impugnó el fallo de primera instancia para lograr al menos la declaración de improcedencia del cese.
Según consta en el relato de hechos probados, la compañía, dedicada a la construcción, gestión y mantenimiento de viviendas de protección oficial, decidió contratar a un detective privado para que realizara seguimientos al trabajador después de haber recibido numerosas quejas de los vecinos. El informe del investigador reveló que, al menos durante siete jornadas laborales, el empleado llegó a visitar hasta media docena de ocasiones diferentes bares y bodegas, consumiendo en todas ellas alcohol y, en algunas, jugando a las máquinas. Los partes para el registro horario que este entregaba, sin embargo, indicaban el cumplimiento íntegro de su horario: de 8:00 a 13:00 horas, y de 17:00 a 18:20 horas.
Su estado físico, según detalló la compañía en su carta de despido, había provocado que los usuarios de las viviendas trasladaran su preocupación y sus quejas por el hecho de que el albañil realizara las reparaciones ebrio. Y alertaran que, en alguna ocasión, se habían llegado a producir encontronazos con algunos vecinos.
Después de que la directora de RR HH advirtiera sin éxito al afectado que debía cambiar de actitud, la empresa tomó la decisión de despedirle disciplinariamente. El juzgado de primera instancia validó el cese, que el demandante recurrió para obtener la improcedencia.
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