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16/02/2023

España aprueba la Ley de Protección de Informantes

Gran avance en la denuncia segura de infracciones normativas y lucha contra la corrupción.

Las Cortes Generales han aprobado hoy, la Ley definitiva de Protección de Informantes, por la que se transpone la Directiva 2019/1937 Whistleblowing. Se ha dado su visto bueno, al texto que debe hacer que España deje de ser el único país de la OCDE que no contempla protecciones especiales para estas personas.

La Ley modifica cuatro leyes. La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo; la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Los informantes son fundamentales para preservar una sociedad abierta, democrática  y transparente. La Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, tiene como finalidad principal amparar a toda persona que informe sobre una irregularidad, para evitar consecuencias negativas, como el despido, el traslado, la degradación o la intimidación.

Los puntos principales recogidos en la Ley, abordan aspectos fundamentales relativos a:

* Protección total de los informantes

* Aplicación de sistemas internos de información para administraciones públicas y personas físicas o jurídicas del sector privado a partir de 50 empleados

* Establecimiento de sistemas que aseguren la confidencialidad, seguimiento, investigación y protección del informante

* Designación de un gestor del sistema para su correcto funcionamiento

* Información sobre los canales interno y externo de información

* Protección de datos personales

* Aplicación de un régimen sancionador

La ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción, prevé sanciones de carácter económico, tanto para personas físicas como jurídicas. La normativa afecta a todas las empresas públicas y a las privadas que cuenten con más de 50 empleados.  A fin de evitar represalias para los informantes, daños de reputación o pérdidas económicas, las empresas deberán implementar un canal de denuncias.

 

 

 

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