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28/06/2023

La administración y las empresas tendrán que designar a un responsable del canal de denuncias

Uno de los primeros plazos que establece la nueva normativa nacional sobre la protección de las personas denunciantes de corrupción se cumple este 13 de junio. Se trata de la fecha en la que la administración al completo y las empresas de más de 250 trabajadores deberán tener habilitados canales de denuncia internos. Y así tendrá que ocurrir en la Comunitat Valenciana. 

La norma entró en vigor el pasado marzo y supone la transposición de la Directiva Europea 2019/1937 de la protección de las personas denunciantes de corrupción, más conocida como Directiva Whistleblowing. En ella se regula la protección de aquellos que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción tanto en el sector público como en el privado. 

La ley recuerda que se pueden denunciar hechos constitutivos de posibles delitos o infracciones en las entidades financieras (como bancos), los partidos, sindicatos, patronales y fundaciones que reciban fondos públicos, la contratación pública, la seguridad del transporte, la protección del medio ambiente, la seguridad y salud en el trabajo, la legislación laboral, el consumo o la alimentación, entre otros.  

Los canales internos han de estar obligatoriamente en la administración pública al completo. Es decir, en todas las instituciones, desde la Generalitat al sector público, Diputaciones y ayuntamientos –por ahora de municipios con más de 10.000 habitantes–. También en universidades, partidos y sindicatos y en empresas de más de 250 empleados

El sistema interno de información consiste en un conjunto de medios, entre ellos un canal a través del cual cualquier persona que detecta un incumplimiento de la ley puede comunicarlo para que la administración o la empresa lo investigue o lo resuelva. En cuanto a los canales externos, serán llevados tanto por la Autoridad Independiente de Protección del Informante a nivel nacional –con competencias en toda España– como por autoridades independientes análogas en los diferentes territorios. En el caso de la Comunitat Valenciana, depende por tanto de la Agencia Antifraude

La ley establece que administración y empresas habrán de designar a un responsable de su canal interno para comunicarse con el externo. La primera deberá de dar cuenta a la Agencia Antifraude de qué persona se encuentra al frente. Motivo por el que la entidad ya ha creado un registro de esos responsables, tal como ha publicado este martes el Diari oficial de la Comunitat Valenciana. La idea es mantener una comunicación permanente y un vínculo directo. 

Todavía sin autoridad nacional

Las empresas, por su parte, tendrán que trasladarlo a la autoridad nacional, que se da la circunstancia de que ni siquiera ha sido nombrada todavía por el Gobierno central. Antifraude no se puede ocupar del sector privado porque no tiene competencias para ello salvo que se modifique la ley autonómica. De hecho, como informó Valencia Plaza, tienen que ser Les Corts las que impulsen el cambio normativo, lo que supone la necesidad de un acuerdo entre los grupos. En el caso de que no lo hagan, la idea desde Antifraude es instar ella misma a propiciar la reforma de la ley. Si no se logra, las competencias sobre las empresas permanecerían en la autoridad nacional. 

Si no se cumpla con la implantación de los canales de denuncia, la norma nacional contempla importantes multas. Al considerarse infracción muy grave, podrían oscilar entre los 600.000 y el millón de euros. Sin embargo, es previsible que se ofrezca cierto margen, sobre todo a las empresas, por el desconocimiento de su obligación a partir del 13 de junio. 

Desde Antifraude admiten que están llevando a cabo una intensa labor de información tanto con el sector privado como con los ayuntamientos. En este sentido, están participando en foros y han ofrecido ayuda a la Confederación Empresarial Valenciana (CEV). También se encuentran firmando protocolos con consistorios.   

En el caso de las empresas, sobre todo en las grandes, muchas ya cuentan con el llamado sistema compliance para la vigilancia del cumplimiento normativo. Lo lógico es que su responsable sea también el del canal de denuncias. El problema vendrá especialmente con las pequeñas y medianas. Aquellas con menos de 250 trabajadores –al igual que los ayuntamientos de municipios con menos de 10.000 habitantes– tendrán hasta diciembre para cumplir con la normativa nacional. 

Fuente: valenciaplaza.com

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