La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impone las primeras sanciones a padres de menores que difunden imágenes íntimas sin consentimiento o que reenvían contenido que fomenta el ciberacoso, multas que van de los 5.000 a los 10.000 euros.
En el último año la agencia ha realizado 51 intervenciones a raíz de denuncias recibidas a través de su Canal Prioritario para Contenidos Sensibles. El 70% de dichas intervenciones se corresponde con violencia digital ejercida contra mujeres y niñas. El resto fueron por ciberacoso homófobo o racista, explican en la AEPD.
En 46 de las 51 denuncias por contenidos sensibles se consiguió la retirada de los contenidos publicados en Internet con inmediatez, y en los pocos en los que no se logra eliminar es por estar alojados en servidores del extranjero, donde la AEPD no tiene potestad.
La denuncia ante la AEPD abre una vía administrativa, independiente de la que, además, se planteae ante las Fuerzas de Seguridad del Estado o la Fiscalía en casos de ciberacoso, sexting o pornovenganza. La función de la agencia consiste en la retirada del material delicado de las redes, aunque también tiene potestad disciplinaria.
Así actúa la AEPD con contenidos violentos y sexuales
Cuando se recibe una denuncia en el Canal Prioritario, la prioridad de la agencia es minimizar el daño de las víctimas. "Si el caso es grave o hay indicios de que se vulneran datos íntimos, ordenamos la retirada del material que ha sido denunciado directamente al infractor y/o al buscador o la red social que la alberga. En el 90% de los casos lo conseguimos en menos de 24 horas". Esto es posible, dicen, gracias a los pactos a de la AEPD ha firmado con colaboradores como Google o Meta, que incluyen una interlocución directa para afrontar casos graves.
En paralelo, la agencia inicia su propio procedimiento sancionador. "Si se trata de menores, los padres tienen responsabilidad subsidiaria. Tanto los padres del infractor que graba y distribuye, como los padres del menor que solo lo difunde. En este sentido, padres, madres o tutores legales pueden llegar a tener que responder económicamente por las infracciones administrativas y conductas delictivas de sus hijos e hijas menores de edad, así como por los daños y perjuicios materiales y morales causados.
La directora de la AEPD, Mar España, recuerda a los padres que deben de ser conscientes de la política de "tolerancia cero" de la agencia tanto con los que graban vídeos violentos y los comparten como con quienes los reciben y los difunden.
El canal para denuncias por contenidos sensibles de la AEPD es una herramienta pionera a nivel mundial y gratuita que se puso en marcha en 2019, pero la primera sanción a padres de menores llegó en 2022.
"Fue a un joven de 16 años que extorsionaba a una chica de 13 años que le envió en un principio contenido íntimo voluntariamente, pero luego el infractor le amenazó y obligó a mandarle más bajo la amenaza de que las publicaría. Fue sancionado con 5.000 euros, una multa que tuvieron que abonar sus padres", explica la directora de la AEPD.
Estas multas oscilando desde entonces de los 5.000 a los 10.000 euros. "Cada caso lo miramos con mucho detenimiento y hay agravantes y atenuantes. Si el colegio informa de la situación desfavorable de la familia, se tiene en cuenta". Además, cuando quien publique un contenido íntimo que afecte a una víctima sea un medio de comunicación, la Agencia aumenta las sanciones a 50.000 euros.
La agencia es partidaria de afrontar el actual incremento de ciberacoso digital y extorsión sexual por las redes que cometen los menores con multas a sus padres, pero también insisten en la importancia de la prevención: "Es lo mismo que cuando les dejamos un coche. Les damos pautas (no bebas, ten cuidado que puedes matar a alguien..., pues cuando damos un móvil a nuestros hijos hay que decirles que hay consecuencias. Pueden usarlo maravillosamente y ampliar sus opciones de ocio y aprendizaje, pero pueden provocar el suicidio a una persona y acabar en la cárcel, así como generarse daños en su salud".
Fuente: 20minutos.es
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