En una nueva sanción en contra de una empresa que incumplió la adopción del SAGRILAFT, la Superintendencia de Sociedades tomó una decisión sin precedentes: incluyó una millonaria multa en contra del representante legal.
Un poderoso y contundente mensaje acaba de ser enviado por parte de la Superintendencia de Sociedades a todos los representantes legales de empresas obligadas a implementar el SAGRILAFT: si no cumplen, pueden recibir multas personales.
Así quedó claro en la resolución 240-000287 del 23 de enero de 2024, confirmada en segunda instancia por la resolución 200-006813 del 11 de abril de 2024, a través de la cual se impuso una millonaria sanción en contra de una empresa y su representante legal.
La afectada fue una sociedad dedicada a la importación y distribución de aceros para la industria de la construcción, la cual tendrá que pagar cuatro multas que suman 280.000.000 de pesos, equivalentes a USD 72.600 dólares.
El motivo fue la no implementación del SAGRILAFT, contenido en el capítulo 10 de la Circular Básica Jurídica de la Supersociedades, entre agosto de 2021 y mayo de 2023.
Sin embargo, lo más interesante de la sanción fueron los llamados de atención y la correspondiente multa contra el representante legal.
Histórica sanción contra representante legal por SAGRILAFT
El representante legal de la empresa importadora de acero tendrá que pagar una sanción personal de 37.500.000 pesos, equivalentes a cerca de USD 9800 dólares.
Durante el proceso administrativo sancionatorio, el cual inició el 23 de junio de 2023, la organización reconoció que “por desconocimiento normativo carente de cualquier mala fe, reconocemos que en el periodo de agosto de 2021 a mayo de 2023, pese a los diversos y seguros controles que tenemos en esta materia, no implementamos como tal un sistema denominado SAGRILAFT”.
Con base en lo anterior, la empresa declaró que “manifestamos expresamente que nos allanamos a la totalidad de cargos (…) formulados por la Superintendencia de Sociedades (…) por medio del acto citado en la referencia”.
Sin embargo, la autoridad de supervisión recordó que el numeral 5.1.4.2 del SAGRILAFT le impone una serie de deberes al representante legal, los cuales fueron incumplidos al no tener la organización un sistema implementado.
Según la Supersociedades, el representante legal “no actuó de forma prudente ni con diligencia sobre los deberes ni aplicó las normas pertinentes sobre la compañía” al desatender sus funciones definidas en la norma.
Pero el regaño fue más allá, ya que la autoridad precisó que el representante legal no solo falló en el cumplimiento de sus obligaciones, sino que “puso en riesgo el orden económico al no acatar el cumplimiento de normas obligatorias que buscan la protección del ecosistema empresarial”.
Además, “puso en peligro bienes jurídicos de la sociedad y del país al no poner en marcha la implementación del SAGRILAFT”.
El resultado de este incumplimiento fue la imposición de una multa personal –la primera de la que se tiene registro por SAGRILAFT– por un valor inicial de 75.000.000 de pesos, los cuales fueron reducidos a 37.500.000 pesos.
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