
El Tribunal Supremo condenará a Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos, y le impondrá una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros a González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, que imputado por un delito fiscal que reconoció ante la Fiscalía para llegar a un acuerdo.
El fallo se ha adoptado no por unanimidad, sino por mayoría de cinco contra dos. Los magistrados en desacuerdo han anunciado votos particulares. El fallo adelantado por el Supremo es el siguiente:
“Que debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, art. 417.1 del Código Penal a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales correspondientes incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil se declara que el condenado deberá indemnizar a D. Alberto González Amador a 10.000 euros por daños morales. Le absolvemos del resto de los delitos objeto de la acusación [en referencia a otros delitos que le atribuían algunas de las acusaciones populares, como prevaricación e infidelidad en la custodia de documentos]”.
El fallo no ha sido por unanimidad. Ha contado con el apoyo de cinco magistrados -Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, José Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela- y con el voto discrepante de las magistradas progresistas Ana Ferrer y Susana Polo.
De hecho, Polo era la magistrada ponente, esto es, la encargada de redactar la sentencia, pero su discrepancia con el sentido de la misma ha llevado a que sea Martínez Arrieta, presidente de la Sala de lo Penal y del tribunal que juzgó a García Ortiz, quien asuma esta función.
Álvaro García Ortiz podrá combatir la condena a dos años de inhabilitación y pago de unos 20.000 euros mediante un incidente de nulidad, una vía que no suele prosperar, pero que es indispensable para acudir en amparo al Tribunal Constitucional (TC).
De recorrer esa vía, el jefe del Ministerio Público podría solicitar a la corte de garantías que, de forma cautelar, suspendiera la ejecución de la condena hasta que resolviera sobre el recurso contra este fallo.
Para dictar su fallo, los magistrados se han regido por las peticiones efectuadas durante el juicio. Por un lado, las que reclamaban una sentencia condenatoria: la acusación particular que ejerce González Amador y las seis acusaciones populares, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Manos Limpias y la acusación popular unificada que lidera la Fundación Foro Libertad y Alternativa –que incluye a Vox y Hazte Oír–.
Y por el otro, las que pedían la absolución: la Fiscalía y la Abogacía del Estado, en representación de García Ortiz. Las acusaciones presentaron un abanico de opciones de cara a una condena, desde un delito de revelación de secretos, a la violación de secretos, prevaricación o infidelidad en la custodia de documentos.
El abogado de González Amador pidió que se condenara a García Ortiz a 4 años de cárcel y 3 años de inhabilitación y suspensión de empleo por un presunto delito de revelación de secretos. También reclamó una multa de 108.000 euros y otros 300.000 euros en concepto de daños morales.
El novio de Díaz Ayuso no planteó responsabilidad civil subsidiaria para que el Estado respondiera económicamente en caso de que el fiscal general no lo hiciese. Según explicó en su escrito, lo hizo "bajo la convicción" de que "el conjunto de los españoles» no deben «responder patrimonialmente de ninguna forma (…) de las actuaciones delictivas protagonizadas por García Ortiz".
La APIF es la acusación que propuso la condena más alta, de 6 años de cárcel y 12 años de inhabilitación por delitos que van más allá de la revelación de secretos, apuntando en concreto a prevaricación. En su caso, no pidió responsabilidad civil "al entender que corresponde en exclusiva a la víctima".
Por su parte, el ICAM reclamó al Supremo que condenase al fiscal general por un delito de revelación de secretos a 4 años de cárcel, 3 años de suspensión de empleo y sueldo e inhabilitación, y que le impusiese una multa de 81.000 euros.
En cuanto a la acusación popular unificada, Fundación Foro Libertad y Alternativa, Vox y Hazte Oír plantearon una condena de 4 años de cárcel y 3 años de suspensión de empleo y sueldo e inhabilitación por un delito de revelación de secretos y otro de prevaricación.
Manos Limpias rebajó en el juicio su petición de prisión, de 4 a 3 años, al tener en cuenta que se filtraron a los medios "hechos relativos al proceso" y "datos personales" del fiscal general. Además, planteó que, en caso de que no se condenase a García Ortiz por violación de secretos, se le impusiera una pena de 2 años de prisión e inhabilitación por el mismo delito. Como tercera opción, propuso una pena de 2 años de inhabilitación y multa de 108.000 euros.
Fuente: https://noticias.juridicas.com/

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