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04/05/2026

Funcionarios y empleados públicos declararon patrimonio a Hacienda pero formulario es insuficiente para combatir corrupción, dicen expertos

Hacienda habilitó el formulario para que funcionarios entreguen la declaración patrimonial contemplada en la Ley Anticorrupción. Algunos expertos advierten que es escueta y tiene vacíos comparada con la que se entrega a Probidad.

Hacienda habilitó el formulario para que funcionarios entreguen la declaración patrimonial contemplada en la Ley Anticorrupción. Algunos expertos advierten que es escueta y tiene vacíos comparada con la que se entrega a Probidad.

La declaración de activos y pasivos financieros es, en términos sencillos, un formulario donde los funcionarios y empleados públicos deben indicar cuánto dinero, bienes y derechos (activos) poseen y cuántas deudas (pasivos) tienen, de manera que se pueda conocer su patrimonio total.

La obligación de presentar dicha declaración está contemplada en la Ley Anticorrupción, aprobada en febrero de 2025 como parte de los compromisos adquiridos por el Gobierno con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para acceder a un préstamo de $1,400 millones.

La Ley Anticorrupción incluyó esta nueva exigencia a pesar de que los funcionarios ya están obligados a presentar dicha información ante la sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, tanto al inicio como al final de su gestión.



Cuando se aprobó la ley, se definió que la primera declaración que debían presentar los funcionarios sería la correspondiente al año 2025.

El formulario creado por Hacienda para la presentación de la declaración se habilitó para su llenado en línea en la última semana de abril, según confirmaron dos funcionarios bajo anonimato.

Asimismo, el alcalde de La Libertad Sur, Henry Flores, reconoció en una entrevista con radio YSKL que los funcionarios tenían hasta el 30 de abril como fecha límite para presentar la declaración.

LA PRENSA GRÁFICA tuvo acceso al formulario que debía ser llenado por los funcionarios. Este consta de tres partes. En la primera se colocan los datos personales, el cargo que desempeña, la fecha cuando se asumió dicho cargo y si la condición del declarante es la de funcionario o la de empleado público.

Luego, los servidores públicos deben reconocer si, junto con su pareja e hijos, tienen o no deudas provenientes de créditos bancarios, préstamos personales, hipotecas, obligaciones comerciales o de otro tipo. El formulario, sin embargo, no pide especificar, si es el caso, cuántas operaciones de cada una de las anteriores posee el funcionario ni los montos de estas; sino que solo pide colocar el monto global de todas las deudas consolidadas.

Finalmente, los declarantes deben reconocer si, junto a su pareja a hijos, tienen propiedades de bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias o instrumentos financieros, inversiones, participaciones o negocios, fondos circulantes u otros activos patrimoniales relevantes, y señalar si los mismos provienen de fuentes lícitas.

Al igual que con las deudas, los funcionarios no deben declarar cuántos activos poseen; es decir, no deben detallar cuántos vehículos, casas, apartamentos, negocios u otros ingresos poseen. Únicamente deben colocar el monto global del valor de todas sus propiedades.

Dos organizaciones de la sociedad civil que han hecho investigaciones sobre Probidad evaluaron el formulario y coincidieron en señalar que es “escueto”.

Mientras, Jonathan Sisco, del equipo de investigación anticorrupción de la fundación Cristosal, consideró un error que la declaración se limite a incluir a cónyuge e hijos y señaló que debió abarcar más miembros del grupo familiar.

Además, Acción Ciudadana consideró que, dado que el Gobierno está promoviendo activos digitales, el formulario debió incluir un apartado para declarar ingresos producto de estos.

Además de las organizaciones civiles también se consultó la opinión a un experto en temas de probidad. Este, bajo condición de anonimato, aseveró que no era necesario duplicar esfuerzos y generar un nuevo formulario, sino más bien fortalecer la independencia y los recursos para el funcionario de la sección de Probidad

Por ello, el experto insistió que se debe aclarar cómo investigará y comprobará si las declaraciones entregadas presentan datos reales.

Las declaraciones deben ser compartidas públicamente por el Ministerio de Hacienda en un portal web creado exclusivamente para dicho fin y el mismo debe estar disponible, a más tardar, 15 días hábiles luego de que el funcionario haya presentado su declaración, según la ley.

Este medio gestionó una entrevista con Hacienda sobre los avances en el cumplimiento de la normativa, tanto en la recepción de las declaraciones como en la creación del portal web, así como sobre cuándo estará disponible para consulta. Sin embargo, hasta el cierre de esta nota el ministerio no había respondido.

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