Usamos cookies en nuestro sitio web para brindarte la experiencia más relevante recordando tus preferencias y visitas repetidas. Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para disfrutar de esta web con todas las cookies, configura tus preferencias antes de aceptarlas, o utiliza el botón "Rechazar todas las cookies" para continuar sin aceptar.

Gestión de Cookies
Zona Privada Asociados   |   Boletines Compliance
 
FORMULARIO DE CONTACTO
He leído/acepto la Política de Privacidad
Deseo suscribirme al Newsletter de la WCA
 

31/10/2026

CNMV e ICAC recuerdan que las empresas deben seguir presentando el EINF mientras España adapta la normativa de sostenibilidad

El tercer comunicado conjunto orienta la elaboración de la información del ejercicio 2026 y recomienda avanzar hacia los estándares europeos ESRS, manteniendo el cumplimiento de la legislación española vigente.

Por Iván Martínez, CEO de Intedya

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) han publicado, el 20 de octubre, un nuevo comunicado conjunto para orientar a las empresas sobre la presentación de información de sostenibilidad del ejercicio 2026. El documento responde a la posibilidad de que España cierre el año sin haber completado la transposición de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) y sus modificaciones. El mensaje principal es claro: las entidades obligadas a elaborar el Estado de Información No Financiera (EINF) conforme a la Ley 11/2018 deben continuar haciéndolo mientras esta norma permanezca vigente. La reducción del alcance de la normativa europea no supone, por sí sola, una exención de las obligaciones establecidas en España.

Recomendaciones según el tamaño de la empresa

Para las entidades sujetas a la Ley 11/2018 que cuenten con más de 1.000 empleados, ambos organismos recomiendan elaborar el EINF considerando las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad, conocidas como NEIS o ESRS, en la medida en que estén preparadas para ello. El objetivo es favorecer la comparabilidad con la información publicada por otras empresas de la Unión Europea, sin dejar de atender los requisitos de la legislación española. En el caso de las entidades obligadas con menos de 1.000 empleados, el comunicado recomienda valorar la conveniencia de utilizar las ESRS o el estándar voluntario europeo. La elección del marco de referencia deberá garantizar, en cualquier caso, que el informe cubra las exigencias nacionales aplicables.

Los nuevos umbrales europeos no eliminan automáticamente la obligación española

El comunicado sitúa estas orientaciones en el contexto de la Directiva (UE) 2026/470, que limita el alcance obligatorio europeo a las empresas que superen conjuntamente los 1.000 empleados y los 450 millones de euros de importe neto anual de la cifra de negocios. Aunque esta directiva permite a los Estados miembros establecer una exención transitoria para determinados sujetos durante los ejercicios 2025 y 2026, el documento recuerda que España no ha establecido esa exención a la fecha de su publicación. Por tanto, las empresas deben comprobar su obligación conforme a la normativa española vigente, incluso cuando prevean quedar fuera del futuro ámbito europeo.

Diferentes alternativas para utilizar las ESRS en 2026

El nuevo marco de simplificación permite, para el ejercicio 2026, utilizar las ESRS originales con las modificaciones del denominado quick fix, aplicar las ESRS revisadas del Set 2 o acogerse a la combinación de normas y exenciones prevista en las disposiciones transitorias. La revisión busca reducir la carga de elaboración de los informes mediante menos puntos de datos, una mayor prioridad de la información cuantitativa y una distinción más clara entre contenidos obligatorios y voluntarios. Su aplicación general está prevista para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2027.

La verificación independiente sigue siendo esencial

CNMV e ICAC mantienen sus recomendaciones sobre la verificación independiente del EINF y de los informes de sostenibilidad. En particular, aconsejan considerar el texto de la norma técnica de verificación publicado por el ICAC en diciembre de 2024, todavía no aprobado, las directrices de COESA y la norma internacional ISSA 5000. Para las organizaciones, estas orientaciones hacen aconsejable definir con antelación el marco de elaboración del informe de 2026, revisar su cobertura respecto de la Ley 11/2018 y coordinar la recopilación de evidencias con el verificador. Esta preparación facilitará una transición ordenada hacia el nuevo modelo europeo y reducirá el riesgo de omitir información exigible durante el periodo de adaptación.

Quiénes Somos


 
Patrocinadores
Colaboradores
Entidades Asociadas