El gigante farmacéutico estadounidense Pfizer acordó el pago de 23,85 millones de dólares para resolver un caso de supuestos sobornos ilegales en un programa público de salud, informó hoy el Departamento de Justicia de EEUU
La farmacéutica tejió supuestamente una estructura mediante la que consiguió aumentar sus márgenes de beneficio dentro de un sistema de copagos de Medicare, el programa de salud pública estadounidense destinado a los mayores de 65 años.
Según un comunicado del Departamento de Justicia, la compañía violó la ley al utilizar una fundación con objeto de que se hiciera cargo de los copagos, que financiaba la propia Pfizer, y camuflar así el incremento de los precios.
El gobierno alegó que Pfizer enviaba a esta fundación a pacientes de forma que la fundación se hacía cargo de sus copagos e informaba a la farmacéutica de los mismos.
El caso se centra en tres fármacos concretos producidos por Pfizer: dos dedicados al tratamiento de carcinomas renales, sutent e inlyta, y otro dirigido a tratar arritmias con fibrilación auricular y aleteo auricular, llamada tikosina.
En el caso de la tikosina, durante los últimos tres meses de 2015, Pfizer efectuó un incremento de los costes de adquisición de un 40 % en el paquete de 40 cápsulas de 125 miligramos.
Según los hallazgos del Departamento de Justicia, la empresa sabía que el incremento de los precios del medicamento también incrementaría los copagos de Medicare y podría incluso privar a algunos beneficiarios de tener acceso a la tikosina.
De este modo, Pfizer transitaba a los pacientes al fondo que ella misma financiaba una vez que había engordado los precios y la fundación se hacía cargo de la parte del copago que no cubría Medicare.
Esta situación de aumento de precios permitía un incremento del beneficio final, ya que también crecía la aportación pública.
En el marco de dos apartados del programa Medicare, los beneficiarios tienen que asumir una parte del pago del fármaco y era esta cuantía de la que se hacía cargo la fundación pantalla en cuestión.
Bajo el estatuto antimordidas aprobado por el Congreso, una farmacéutica no puede ofertar de forma directa o indirecta ningún tipo de remuneración -incluido el pago de las obligaciones de copago del paciente- para que los beneficiarios compren sus medicamentos.
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