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16/07/2018

La Audiencia ve "indicios racionales de criminalidad" en la ampliación de El Musel (España)

El Juzgado Central de Instrucción número 3, con sede en la Audiencia Nacional, renuncia a sobreseer el "caso Musel", acordando seguir adelante con las diligencias previas respecto a los principales investigados después de observar "indicios racionales de criminalidad", asumiendo al escrito remitido a sede judicial por el Ministerio Fiscal en el que recoge una serie de irregularidades que podrían ser constitutivas de sendos delitos de fraude, prevaricación y otro delito continuado de prevaricación. Rechaza así la petición de las defensas.

Será ahora el procedimiento judicial quien dicte si finalmente los investigados que han sido identificados como "las personas a las que indiciariamente se atribuyen los hechos" son penalmente responsables de las acciones estudiados y si estas fueren constitutivos de los delitos antes mencionados.

El auto judicial de la jueza Lamela se basa en un escrito enviado por el Ministerio Fiscal en el que se recoge todo el proceso del "caso Musel" desde que en el año 2.000 se iniciaran los estudios preliminares con el objeto de llevar a cabo una futura ampliación del puerto de Gijón. Según relata Fiscalía, fueron Fernando Menéndez Rexach, en su condición de presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón, y José Luis Díaz Rato, como director del mismo, quienes "impulsaron definitivamente el proyecto, aun siendo plenamente conocedores de que al tratarse de una obra civil de gran magnitud, hubiera resultado imprescindible completar los ensayos pendientes antes de la aprobación técnica correspondiente del proyecto", así como que "aún no se contaba con un estudio previo adecuado sobre el precio del material" que se iba a utilizar.

Del mismo modo, en el relato fiscal se recoge que "se elaboraron unos pliegos de prescripciones técnicas y administrativas, favorablemente informadas por el Jefe del Servicio Jurídico del Estado en Asturias, José María Alcoba Arce -también investigado- que resultaban materialmente inasumibles para cualquier proyecto empresarial, salvo que ya se contara desde esta fase previa de licitación con una revisión al alza del precio del contrato". Es decir, con los sobrecostes luego pactados.

Por todo ello, para el Ministerio Fiscal, "resulta obvio que se tuvo que llegar a un acuerdo previo con las empresas que posteriormente constituyeron la UTE Dique Torres, adjudicataria final del contrato de obra pública". Y va más allá, asegurando que "el factor tiempo y la previa elección subterránea de unas empresas para beneficiarlas con la adjudicación del contrato, primó sobre las garantías de un proyecto de alta complejidad o de la protección de los fondos públicos encomendados a sus gestores de la Autoridad Portuaria de Gijón".

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