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22/01/2018

El valor de la certificación UNE 19601

La reforma del Código Penal (Ley 1/2015) reconoce los modelos de prevención de delitos como instrumentos clave para prevenir y detectar la comisión de conductas contrarias a la Ley en las empresas.

Por su parte, la Fiscalía General del Estado (Circular 1/2016) estableció que las empresas que implanten sistemas de compliance pueden no sólo atenuar, sino incluso ser eximidas de su responsabilidad penal. El art. 31 bis del CP establece los requisitos mínimos de estos modelos.

En este contexto, la Asociación Española de Normalización, UNE, formó un grupo de trabajo con la finalidad de diseñar una norma de sistema de gestión de prevención de delitos, que diera respuesta y concretase en mayor medida los requisitos exigidos por el CP y que a su vez estuviera alineado con los estándares internacionales más avanzados en la materia.

Fruto de estos trabajos, se ha publicado la UNE 19601 Sistemas de gestión de compliance penal, con la participación y el consenso de expertos representativos de los principales grupos de interés del ámbito del compliance penal.

La UNE 19601 establece los requisitos de un sistema de gestión de compliance penal con el objetivo de ir más allá del cumplimiento de la legislación, y ayudar a las empresas y organizaciones a prevenir la comisión de delitos y reducir el riesgo penal y con ello, favorecer una cultura ética y de cumplimiento.

UNE 19601 está estructurada en 10 grandes apartados comunes a los establecidos en los estándares internacionales más avanzados en la materia, lo que facilita su uso, e integración en otros sistemas de gestión como el compliance (ISO 19600) o la prevención del soborno (ISO 37001).

Los requisitos de la Norma UNE 19601 son exigentes. Entre otros se requiere un análisis del contexto y partes interesadas; establecer responsabilidades para los órganos de gobierno, alta dirección y la función de cumplimiento; compromiso con la cultura de cumplimiento; evaluar los riesgos penales; determinar objetivos y planes; formar y sensibilizar; establecer controles generales y específicos (financieros, no financieros, due diligence, a las filiales y a los socios de negocio); incluir cláusulas contractuales o canales de comunicación de incumplimientos e irregularidades, entre otros.

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