Artículo de Fernando Ballestero, Doctor en Economía. Economista y Técnico Comercial del Estado, Miembro de la Junta Directiva de la World Compliance Association.
Publicado en BICE Núm. 3114 (2019): El retail en España, cada vez menos interior, cada vez más digital.
RESUMEN
La práctica del cohecho para conseguir contratos, licitaciones o ventajas en operaciones de comercio internacional ha dejado de ser considerado como algo inevitable e incluso tolerado en ciertos mercados y países. Desde la firma del Convenio Anticorrupción de la OCDE en 1999, los 44 países signatarios han impulsado cambios legislativos, así como una cooperación internacional creciente, haciendo que el cohecho haya dejado de ser impune. Las denuncias aumentan y salen a la luz pública, y los riesgos para las empresas que las practican y para sus directivos se elevan, incluidos los riesgos penales. Tener establecido un sistema de compliance en la empresa, que detecte los casos posibles de soborno y proteja sus denuncias, es un exi- mente importante de responsabilidad penal para los directivos, al tiempo que ayuda a una me- jora de la gestión y a que la empresa sea percibida como responsable con el entorno y los prin- cipios éticos que la sociedad valora.
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