

En el mundo del comercio exterior y la logística, mucho hemos escuchado acerca de las certificaciones de la cadena de suministros, particularmente del C-TPAT (Customs Trade Partnership Against Terrorism) y en su momento del Nuevo Esquema de Empresas Certificadas (NEEC), lo que ahora se conoce como Operador Económico Autorizado (OEA). Estas certificaciones se desprenden del Marco Normativo SAFE aprobado el 2005 durante las sesiones anuales del Consejo de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).
Este instrumento Internacional, crea una base para la implementación de programas de cooperación entre las aduanas y las empresas en los países que lo adoptaron, teniendo como objetivo principal, crear un equilibrio entre la facilitación del comercio internacional y el control de las operaciones, fortaleciendo la seguridad de las cadenas de suministro a nivel global. En el documento del Marco Normativo SAFE de 2007 se menciona por primera vez el término “Operador Económico Autorizado”. Posteriormente en la versión de 2010 se publica la guía de aplicación de los modelos OEA, en donde se establecen los beneficios y requerimientos que regularán la figura. Sin embargo, la necesidad de una mayor facilitación y cooperación por medio de este tipo de programas, era ya un tema que se venía analizando y discutiendo dentro de la OMA.
En este sentido y derivado de los ataques terroristas del 11 de septiembre en Nueva York, Estados Unidos agilizó la implementación de esta figura al crear el programa C-TPAT en el año 2001. C-TPAT se ofreció primero a empresas importadoras dentro de Estados Unidos y posteriormente para empresas en otras modalidades, así como empresas extranjeras cuya cadena de suministros involucra a Estados Unidos. A 11 años del inicio de C-TPAT y a 7 años de la adopción del Marco SAFE, es decir en el año 2012, surge en México el Nuevo Esquema de Empresas Certificadas, por sus siglas NEEC, administrado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y dirigido en su primera etapa a empresas exportadoras, ampliando el esquema en 2013 y 2014 involucrando a los Socios Comerciales identificados como un factor clave en la seguridad de la cadena de suministros, como Transportistas, Agentes Aduanales, Parque Industrial, Recinto Fiscalizado, etc. En el año 2016 con la actualización de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), se presenta el cambio del Nuevo Esquema de Empresas Certificadas por el Registro de Empresas Certificadas modalidad Operador Económico Autorizado, por sus siglas OEA. Manteniendo los requerimientos de seguridad y agregando requerimientos fiscales.
Elegibilidad
Para que una empresa pertenezca al programa C-TPAT, deberá ser una empresa estadounidense que desarrolle sus operaciones en alguno de los siguientes giros: Empresas estadounidenses importadoras y exportadoras; de transporte terrestre, marítimo o ferroviario; brokers, terminal marítima, consolidadores, intermediarios de transportación marítima y otros.
Adicionalmente son elegibles las empresas de transporte y empresas manufactureras mexicanas y canadienses.
Para ser aplicante en la certificación OEA, el solicitante deberá ser una empresa importadora– exportadora y para ser elegible como Socio Comercial Certificado es necesario encontrarse en alguno de los siguientes giros: Transportista Terrestre, Transportista Ferroviario, Agente Aduanal, Parque Industrial, Recinto Fiscalizado o una empresa de Paquetería y Mensajería. En ambas modalidades es requisito ser una empresa legalmente constituida en México.
Requisitos
Para aplicar al programa C-TPAT, como empresa manufacturera extranjera, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Para aplicar al programa OEA, la empresa debe haber realizado operaciones de comercio exterior comprobables durante los últimos 2 años previo al ingreso de su solicitud, además los requisitos con los que hay que cumplir van desde documentación que compruebe la legalidad de la constitución de la empresa, el cumplimiento fiscal, laboral, aduanero y de legal uso de las instalaciones, hasta el cumplimiento fiscal de los accionistas y representantes legales. Es necesario además, presentar el Perfil de Seguridad, donde la empresa sustente sus procesos de seguridad. El programa OEA en la modalidad de empresa exportadora, requiere un pago de derechos al momento de la solicitud y de manera anual una vez obteniendo la certificación, sin embargo la modalidad Socio Comercial Certificado y la certificación C-TPAT en cualquiera de sus modalidades no requieren pago de derechos. Es importante mencionar que existen otro tipo de inversiones asociadas con las certificaciones, debido a la necesidad de implementar mejoras en la infraestructura, equipo y recurso humano para mejorar y fortalecer la seguridad de la cadena de suministros.
Perfil de Seguridad
Para aplicar en cualquiera de ambos programas es necesario llenar un Perfil de Seguridad con base en los procedimientos de seguridad de la empresa, declarando la manera en la que se cumple con los criterios del programa correspondiente.
Los perfiles de seguridad de ambos programas son establecidos con base en el marco SAFE, sin embargo debido a que las figuras del Operador Económico Autorizado son reguladas por autoridades de distinta índole en cada país, las cuestiones específicas tanto de requerimientos como de beneficios, puede llegar a tener diferencias.
Actualmente el programa C-TPAT se encuentra en un proceso de actualización de estándares debido al trabajo conjunto y a los esfuerzos de homologación que se han dado entre ambas autoridades, la mexicana y la norteamericana, en pro del fortalecimiento del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo.
Tiempos del Proceso
Una vez que una empresa envía su solicitud para obtener la certificación C-TPAT por medio del portal, la autoridad CBP cuenta con 90 días para asignar un especialista, revisar la información y dar una respuesta. En caso de que el especialista tenga alguna duda acerca de lo plasmado en el perfil, podrá hacer comentarios a través del portal, para lo cual la empresa contará con máximo 60 días para dar respuesta.
Una vez que el especialista aprueba el perfil de seguridad, la empresa obtiene el status “certificada”.
CBP programará una visita de validación a la empresa hasta el año siguiente. En esta visita se revisará que se estén implementando los procedimientos declarados en el perfil de seguridad. Una vez que la visita se complete de manera satisfactoria, el especialista cuenta con 60 días para generar un reporte de validación solicitando evidencia de cierre de observaciones en caso de detectarse. En este punto la empresa cambia su status a “certificado validado” obteniendo así la totalidad de beneficios del programa.
En el caso de la certificación OEA, de acuerdo con las RGCE vigentes, una vez que una empresa ingrese su solicitud, la autoridad cuenta con 90 días hábiles para emitir una resolución o un requerimiento. El SAT puede emitir hasta 2 requerimientos por trámite, en los que la empresa cuenta con 15 días hábiles para dar respuesta.
Una vez que se presenta la respuesta a un requerimiento, se reinicia el conteo de 90 días. Una vez que la autoridad considera que se dio respuesta a los requerimientos, contactará a la empresa para llevar a cabo la visita de validación en la que se inspeccionará que se estén implementando los procedimientos declarados en el perfil. Luego de un análisis de la información de la visita por parte de la autoridad, se dará una resolución.
Beneficios
El marco SAFE establece que las figuras del Operador Económico Autorizado, deben ofrecer beneficios tangibles a las empresas que debido a sus procedimientos de seguridad han obtenido una certificación de ésta índole.
En razón de que la autoridad que regula cada certificación es de distinta naturaleza siendo el SAT de un enfoque fiscal y CBP de un enfoque de Seguridad de Estado, los beneficios que pueden otorgar serán de acuerdo a sus facultades.
En este sentido, los beneficios de ser una empresa C-TPAT, consisten meramente en beneficios operativos para eficientar los tiempos de cruce, tales como: el uso del carril ‘FAST’, la reducción de la cantidad de inspecciones durante el cruce, prioridad en las inspecciones y reducción de tiempos de espera.
Por otro lado, la certificación OEA, otorga a las empresas más de 40 beneficios tanto operativos, como aduaneros, entre los cuales se encuentran: la disminución del número de inspecciones en aduana, prioridad en las inspecciones, rectificaciones sin autorización en ciertos supuestos, aumento de la temporalidad de las mercancías, operaciones virtuales definitivas V5, entre otros específicos a las distintas modalidades y tipos de industria.
Reconocimiento Mutuo
CBP y el SAT, como autoridades reguladoras de los programas OEA en Estados Unidos y México, respectivamente, han firmado un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo como compromiso de intercambiar información y de que dichas dependencias validen la información y las acciones que la otra ha llevado a cabo con respecto a las certificaciones de seguridad de la cadena de suministros.
Este acuerdo además, fortalece la relación y la transparencia entre ambas dependencias, así como la homologación en los criterios, lo cual significa un incremento en la eficiencia de procesos, beneficiando al sector privado que participa en ambas certificaciones, ya que las empresas verán una disminución en visitas de validación y más similitudes entre los criterios de los perfiles.
Gracias al Reconocimiento Mutuo, al recibir la visita de validación de una de las autoridades, su contraparte podrá dar validez a la visita, evitando así que la empresa reciba una validación por cada programa.
Retos
La seguridad de la cadena de suministros es un tema crucial para las empresas que llevan a cabo o están involucradas en operaciones de comercio exterior, por lo que la implementación de procesos encaminados a evitar que las compañías sean utilizadas para fines ilícitos, es sumamente imprescindible para la seguridad del comercio exterior.
Las certificaciones en la seguridad de la cadena de suministros son una herramienta para reconocer a las empresas que implementan medidas de seguridad y por ende cuentan con operaciones más seguras y ágiles, así como un mayor control y orden en su documentación y procesos, lo cual da una mayor confiabilidad a sus socios comerciales.
Las empresas solicitantes de los programas de seguridad, buscan beneficios de acuerdo a sus operaciones, es decir, hay empresas que se verán más beneficiadas por las facilidades fiscales por lo que buscarán obtener primeramente la certificación OEA. Del mismo modo otras empresas se ven más beneficiadas por una agilización en sus cruces por lo que darán prioridad a la obtención de la certificación C-TPAT.
En ambos escenarios es posible solicitar las 2 certificaciones de manera simultánea, apoyándose del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre los programas.
Uno de los retos para ambas certificaciones, es la ampliación del listado de beneficios que supongan una mayor atracción para las empresas, logrando así un aumento al número de empresas certificadas y un blindaje de las distintas cadenas de suministros en todos sus eslabones.
Por último, es necesario continuar el fortalecimiento del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo que lleve a una mejor transmisión de documentos y una mayor homologación de procesos, estándares y requerimientos, en aras de facilitar e incentivar a las empresas para que realicen la inversión que suponen las certificaciones de seguridad en la cadena de suministros.

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