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25/06/2021

Investigación de Personas Jurídicas y Recuperación de Activos: Caso Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Quintana Roo

Por: Dra. Rosaura Villanueva Arzapalo

En la actualidad las personas jurídicas tienen responsabilidad penal en los delitos cometidos a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, por inobservancia del debido control en su organización; independientemente de la responsabilidad penal en que puedan incurrir las personas físicas, en su actuar como representantes o administradores de una empresa, lo cual se encuentra estipulado en el Código Nacional de Procedimientos Penales en México, el cual ha traído consigo cambios estructurales, para dar paso a una legislación renovada en el Combate a la Corrupción. 

 

En ese tenor, la Fiscalía Especializada en combate a la Corrupción del Estado de Quintana Roo, desde su inicio de operación (14 de septiembre de 2017), ha investigado a 52 personas jurídicas por delitos de uso Ilícito de atribuciones y facultades del servicio público, así como negligencia en el desempeño de la función o cargo,  cuyo proceso de integración de carpetas de investigación, parte desde la denuncia, la cual es recabada de manera presencial o de manera remota, por medio del sistema instaurado dentro de la FECCQROO denominado CORRUPCEL y CORRUPMAIL los cuales consisten en una línea telefónica celular y un correo electrónico disponible las 24 horas para la atención a la ciudadanía, cabe señalar, que por este sistema se han recibido denuncias cometidas por personas jurídicas en agravio del patrimonio estatal, se procede inmediatamente a turnar la denuncia al Fiscal del Ministerio Público de guardia, para que ponga en marcha la maquinaria de investigación, recopilando datos de prueba, a efecto de ir concatenando los indicios de hechos de corrupción, siguiendo los lineamientos de investigación como lo es: orden de investigación para que la policía ministerial se avoque a la obtención de datos de pruebas tanto de instituciones publicas como privadas, a efecto de conocer la integración de la persona jurídica y de esta manera poder entrever la participación de los socios o apoderado legal, analizando los procedimientos  que se llevaron a cabo para la contratación de las mismas, a fin de verificar si la licitación se realizó de manera correcta; desafortunadamente es común encontrar que estas licitaciones no se lleven a cabo de acuerdo a lo establecido en la Ley,  y es cuando se sanciona tanto a la persona jurídica, como al servidor público que otorgó el contrato.

 

El accionar de la Fiscalía Anticorrupción cumple con los principales objetivos del Código Nacional de Procedimientos Penales; esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que se repare el daño, derivado de esto, se han llevado a cabo diferentes acuerdos reparatorios como parte de la promoción que se da para la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias o formas anticipadas de terminación del proceso penal, logrando así la recuperación del daño por parte de las personas morales.  

 

En el Estado de Quintana Roo, al marco de actuación de la Fiscalía Anticorrupción, hemos podido recuperar la cantidad en efectivo de $39,928,911.01 treinta  y nueve  millones novecientos veintiocho mil novecientos once pesos  con un centavo, además de un predio valuado en $35,322,817.98 treinta y cinco millones, trescientos veintidós mil ochocientos diecisiete pesos con noventa  y ocho centavos, equivalentes a 1,990.75 m2, mil novecientos noventa punto setenta y cinco metros cuadrados, a favor del Estado; por medio de acuerdos reparatorios con personas jurídicas que en su momento se vieron beneficiadas con compraventas de patrimonio del gobierno del Estado y/o municipios, infringiendo lo establecido por la Ley, enmarcado en delito de Peculado. 

 

El combate a la corrupción no es una tarea fácil, sin embargo, con honestidad, transparencia y profesionalismo, se puede enfrentar esta problemática y lograr resultados tangibles a favor del Estado, Municipios y particulares. Tratándose de personas jurídicas, la estrategia de combate a la corrupción debe ser frontal, no solo con denuncias, investigaciones y sanciones, sino también desde la prevención del delito, con el objetivo de disminuir su índice, aquí radica la importancia de un compliance anticorrupción dentro de las empresas, ya que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento. 

 

Sin lugar a duda, se ha roto paradigmas a nivel nacional con la responsabilidad penal de personas jurídicas y a nivel estatal los logros obtenidos en base a recuperación de activos han colocado a la FECCQROO como punta de lanza. 

 

Dra. Rosaura Villanueva Arzapalo

Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Quintana Roo, México.

 


 
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