


Por Betsil Vásquez, Asociada WCA-RD
Instagram @betsilvasquez
Compliance de LA/FT en el sector automotriz: Una obligación y oportunidad en RD
El universo comercial de vehículos usados está tutelado por ANADIVE (cuyos miembros venden vehículos nuevos y usados) y dos Asociaciones más: ASOCIVU Y ADECI, que solo venden usados. En conjunto las 3 Asociaciones integran 1,100 medianas y pequeñas empresas. (Fuente, Periódico El Día 2022/05/12) tipificados en la legislación como sujetos obligados no financieros, sin embargo, un número significativo, no cumple con los requisitos establecidos en la Ley No 155-17 “Prevención de Lavado de activos y financiamiento al terrorismo y destrucción de armas masivas” del 2017/06/01, y el Reglamento de aplicación de la Ley 155-17 instituido por Decreto del Poder ejecutivo No 408-17 de 2017/11/16.
Algunos aspectos generales que establecen las normas de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) como ente regulador de sujetos obligados no financieros son los siguientes:
– Los requisitos para nombrar un Oficial de Cumplimiento.
La ley nos indica que debe ser un ejecutivo de alto nivel, con capacidad técnica que servirá de enlace del Sujeto Obligado con la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y la DGII. Su función principal es asegurar la adopción e implementación del programa de cumplimiento de manera responsable y efectiva.
– Obligatoriedad de certificación de no antecedentes penales para futuras contrataciones de empleados y la realización de capacitaciones sobre prevención de lavados de activos a todos los empleados.
Es imperativo aplicar el cumplimiento en el proceso operativo cotidiano de las empresas y trae complementario que todos sus empleados estén conscientes de los valores corporativos que guían a la empresa y lograr el compromiso laboral. Al realizar campañas de cumplimento, los empleados estaran capacitados para identificar claramente los problemas de forma independiente y, si es necesario, con la ayuda del oficial de cumplimiento. En consecuencia, el conocimiento de cumplimiento está disponible y, ante el resultado de la matriz de riesgo, pueden asumir riesgos calculados en función de la información suministrada por el cliente (prospecto de comprador).
Los empleados deben estar facultados con las herramientas necesarias con las que puedan evaluar sus propios riesgos y tomar riesgos informados e inteligentes.
– Requerimientos que deben incluirse en el manual de cumplimiento de la empresa.
Así mismo el manual de cumplimiento debe ser actualizado cuando se presenten cambios en la ley y normativas sobre L/A F/T, o en el tamaño u organización de la empresa.
– Obligación de intercambiar información y estadísticas de información de clientes con la DGII.
Remisión de formulario 647, formato requerido para el envío de información estadística para análisis de riesgo, es importante señalar que este formulario contiene un ítem donde la persona encargada de llenarlo debe especificar el nivel de riesgo del cliente, también se debe enviar ante la Unidad de Análisis Financieros (UAF), los Reportes de operaciones sospechosas (ROS) y Reporte de Transacciones en efectivo (RTE), relativo a posibles infracciones al LA/FT.
– Establece el régimen de regularización y fiscalización de la DGII para sancionar las acciones u omisiones de incumplimiento por parte de los sujetos obligados no financieros y de los empleados de la compañía.
En determinación que los delitos tributarios se consideran como infracciones precedentes o determinantes de lavado de activos conforme a lo establecido en el numeral 11 del artículo 2 de la ley 155-17.
Requisitos explícitos en la norma, sin embargo, ¿porque es tan difícil para los sujetos obligados no financieros del sector de vehículos usados cumplir con estas obligaciones?, podemos concluir que el incumplimiento se debe al apetito de riesgo, un riesgo susceptible de tener consecuencias a corto, mediano o largo plazo, el comentario al unísono por parte de propietarios de Dealer de vehículos usados es “hay que cambiar de negocio”, “La DGII quiere acabar con el sector”, cuando la solución se establece en consolidar una empresa, aplicando estrategias y/o procedimientos gerenciales, operativos y administrativos enfocados en aplicación del cumplimiento de la norma. El Compliance debe, por lo tanto, integrarse proactivamente en todas las actividades de la empresa. dejar de sentir el pago de honorarios de personal capacitado en cada una de las áreas como un GASTO, y considerarlo una INVERSION, ya que Republica Dominicana se encamina hacia una legislación más fortalecida frente a la prevención de lavado de activos y financiamiento al terrorismo, como país miembro del Grupo Acción Financiera Internacional de Latinoamérica (GAFILAT)
El Compliance es un auxilio a la buena gerencia corporativa del sector importador y comercializador de vehículos usados, su implementación fortalece al gobierno de los sujetos obligados no financieros, y refuerza su estructura. Sin embargo, el Compliance en este sector es proporcional al apetito de riesgo de cada organización. “Una cultura empresarial sólida estimula el cumplimiento, y define la personalidad de una organización”.
Fuentes: 1. Informes DGII. 2. Recomendaciones de la GAFI

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