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13/06/2026

Régimen Global de Sanciones internacionales un Juego Nuevo

Por. Juan Carlos Cervantes / Integrante del Comité de PLD/FT de WCA México

Es importante que los especialistas en los programas de prevención de crímenes financieros (lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, evasión fiscal, soborno y corrupción, así como el fraude y fraude cibernético, entre otros) entendamos que es la evasión de sanciones, el juego es nuevo a partir de las decisiones tomadas por el Gobierno de Estados Unidos y su presidente Donald Trump, a partir de la declaración de los carteles latinoamericanos como organizaciones terroristas, a esta decisión ya se sumó Argentina declarando al Cartel de Jalisco Nueva Generación como una organización terrorista. 


Trataré de llevarte a esta nueva cancha de juego en la que estamos con estas decisiones, a fin de que empieces a revisar que cambios que sugiero tendrías que hacer en tu programa de prevención.


Lo que denominamos el régimen global de sanciones, son medidas restrictivas que pueden tomar los países, (como EUA) organizaciones regionales (ejemplo UE) organismos internaciones (ONU), en contra de países, entidades, empresas u organizaciones, así como de personas. Estas sanciones pueden incluir:

  • Sanciones económicas, y financieras; que pueden ser restricciones comerciales: aranceles, cuotas de importación/exportación o prohibición de comercio de ciertos bienes. Embargos: prohibición parcial o total de comercio y transacciones financieras, considerados más severos que otras sanciones.
  • Congelación de activos: bloqueo de cuentas bancarias, propiedades o recursos financieros. Limitaciones tecnológicas: restricción de acceso a tecnologías avanzadas o productos estratégicos.
  • Sanciones individuales: dirigidas a líderes  u oligarcas o entidades específicas.

Las sanciones pueden llegar hasta el congelamiento de activos y en casos importantes llevarnos hasta procesos penales, en particular en la lucha contra el terrorismo internacional.

Es el escenario de las sanciones que amenazan la paz mundial impuestas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas donde el hilo se puede hacer más delgado por la decisión del presidente Donal Trump, derivado de que el terrorismo es considerado una amenaza a la paz mundial conforme a la resolución 1373 del Consejo de Seguridad que establece que todos los países firmantes de la carta de las Naciones Unidas no pueden dar frontera segura a las organizaciones terroristas. En particular establece que todos los países deben de penalizar dentro de sus códigos penales el delito de terrorismo y el delito de financiamiento al terrorismo bajo un concepto que establece la recomendación 5 del Grupo de Acción Financiera (GAFI), que alcance establece como financiamiento al terrorismo “aún en ausencia de un vínculo con un acto o actos terroristas específicos.”

En otro contexto, las sanciones unilaterales, que es el caso de las sanciones impuestas por Estados Unidos  a través de la Oficina de Control de Activos (OFAC) que en el caso de los carteles latinoamericanos se denominaron organizaciones terroristas, esto es un ejemplo de una sanción unilateral que puede tener carácter extraterritorialidad, y que impacta diferentes países. 

En enero de 2024, el gobierno de Ecuador, tras declarar la existencia de un conflicto armado interno, designó a 22 grupos criminales locales como “organizaciones terroristas, Argentina designo al CJNG como organización terrorista y solicitó junto con Perú en que se impulsaran medidas similares dentro de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en particular para la designación del Tren de Aragua como organización terrorista.

Aunque Estados Unidos no fue el primer país en declarar a las pandillas como terroristas, las designaciones realizadas durante la administración del presidente Donald Trump parecen haber impulsado a otras naciones a tomar medidas similares.

Ecuador y Argentina han declarado al Cartel de los Soles como organización terrorista y Perú hizo lo mismo. Luego, Argentina extendió esta declaración a Los Lobos y a Los Choneros en octubre.

Solo recordar que el delito de terrorismo y financiamiento al Terrorismo es el mas penado a nivel mundial en México por ejemplo la pena de cualquiera de los 2 delitos puede alcanzar hasta los 40 años de cárcel. Se penaliza igual al terrorista que la entidad que colaboro económicamente con él.

¿Qué carteles están en esta designación de organizaciones terroristas?

  • Cartel de Jalisco Nueva Generación (CJNG),
  • Cartel de Sinaloa,
  • Cartel del Golfo,
  • Cartel del Noreste,
  • La Familia Michoacana
  • Carteles Unidos
  • Los Choneros
  • Segunda Marquetalia
  • Grupos disidentes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC)
  • Autodefensas Unidas de Colombia (AUC)
  • Ejército de Liberación Nacional (ELN)
  • Tren de Aragua
  • Barrio 18
  • Mara Salvatrucha

Bajo este contexto, vale la pena cuestionarnos ¿Ahora que pasa con las personas y empresas o entidades vinculadas de alguna manera a estas organizaciones terroristas?. 
La mayoría de estas empresas operan dentro del sistema económico de cada uno de sus países. Tienen estructuras corporativas para lavar el dinero producto de las actividades ilícitas. Es en este momento  donde el dinero sucio este mezclado con dinero licito y legal de estas estructuras corporativas, (empresas, negocios, bancos, etc.) es decir dentro del propio sistema económico y financiero de cada país. 

Estas empresas ligadas, tienen clientes lícitos, tienen proveedores lícitos, pero dentro de su proceso también incorporan recursos de procedencia ilícita. 

Y aquí es donde se vuelve indispensable recordar: “Aún en ausencia de un vínculo con un acto o actos terroristas específicos”

Estas empresas pueden estar hoy en la lista del OFAC, ligadas algún cartel u aparecer mañana conforme las investigaciones avancen.

Esto es el “juego nuevo en el régimen global de sanciones” hoy no solo puedo estar relacionado a operaciones de lavado de dinero, sino a operaciones de financiamiento al terrorismo. 

De ahí la importancia que las organizaciones, empresas, entidades y personas establezcan de manera mucho mas robusta un programa de prevención de evasión de sanciones, para evitar que el nombre de mi empresa u entidad se vea involucrado con este delito.
Estados Unidos inició con las designaciones de los grupos criminales como organizaciones terroristas, pero cada día más países se suman a esta política. Por lo que en el tiempo esto puede acarrear una resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y pasar de ser una sanción unilateral a una sanción multilateral de cumplimiento obligatorio de todos los países. 

El programa de prevención deberá establecer respuestas a las siguientes preguntas:

  • ¿Tengo claridad de que ninguno de mis clientes o proveedores está ligado algún cartel?
  • ¿Qué pasa si en un momento un cliente o proveedor aparece en listas de sancionados?
  • ¿Cómo puedo mitigar el riesgo de ver a mi empresa involucrado con sanciones?

Los tiempos han cambiado, hoy cobra mayor importancia la prevención del financiamiento al terrorismo. 

Esperemos ver en el futuro que Mexico tome medidas mucho mas robustas en particular reconocer que existe en Mexico, que los carteles son organizaciones terroristas, y pueden empezar con el replantearse la Evaluación Nacional de Riesgo, donde hoy el probabilidad de Terrorismo es calificada como riesgo Bajo.

 

 


 
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