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12/09/2022

La tendencia es que los delitos por los que una empresa pueda ser sancionada se extienda

Entrevista a Teresa Tovar, socia Líder del área de Compliance en Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie International.

Fuente: Diario Gestión

Ani Lu Torres

Perú se posiciona, a nivel de Latinoamérica, como el país que más avances tiene en la adopción de sistemas de compliance anticorrupción seguido de Brasil, de acuerdo a la World Compliance Association. Las nuevas normativas han incentivado a las empresas a implementar dicha herramienta pero, ¿Qué mas requieren las empresas para prevenir posibles delitos? Teresa Tovar, socia Líder del área de Compliance en Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie International, brinda algunos alcances:

 

 

¿Perú ha fortalecido su marco normativo en materia de prevención de corrupción en las empresas?

Desde 2016, con la aprobación de la Ley N° 30424 que establece, por primera vez, en nuestro ordenamiento jurídico, un régimen de responsabilidad penal de las empresas. Inicialmente, con esta norma, solo se sancionaba por la comisión del delito de corrupción trasnacional, pero luego se han dado varias normas a fin de fortalecer el marco normativo anticorrupción en Perú, ampliando los delitos atribuibles a las empresas. Entre ellas, el Decreto Legislativo N° 1352 y la Ley N° 30835 que amplían la responsabilidad penal de las empresas a fin de incorporar nuevos delitos; el Decreto Legislativo N° 1385 que tipifica el delito de corrupción en el sector privado; el Reglamento de la Ley N° 30424; los Lineamientos del Modelo de Prevención de la Superintendencia del Mercado de Valores; así como otras normas para reforzar el marco legal en materia de gestión de intereses, prevención de conflicto de intereses, transparencia, entre otros.

¿Cuáles son los delitos por los que una empresa puede ser sancionada?

Solo se puede sancionar a las empresas por los delitos de corrupción de funcionarios públicos (nacionales y extranjeros), colusión, tráfico de influencias, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

¿Se incluirían otros más?

Actualmente, se viene discutiendo en el Congreso de la República una modificación a la Ley N° 30424 que busca, entre otros temas, incorporar los delitos aduaneros, tributarios y algunos relacionados al patrimonio arqueológico. La tendencia es que el número de delitos se extienda, pudiendo incorporar otros temas, por ejemplo, laborales y ambientales.

¿Hay antecedentes por infringir la ley 30424?

Si bien se habrían iniciado algunas investigaciones fiscales bajo la Ley N° 30424, éstas son de carácter reservado y lo cierto es que actualmente no hay ninguna sanción confirmada, ni tampoco se conoce de casos que hayan alcanzado la etapa de juicio.

¿En qué puntos deben enfocarse los directivos para prevenir posibles delitos en su organización?

Muchas empresas realizan grandes esfuerzos por implementar y mantener en funcionamiento un sistema de Compliance; sin embargo, uno de los principales retos es lograr integrar ese sistema en las operaciones regulares de la empresa y en las actividades que realizan sus colaboradores. Es importante lograr un nivel suficiente de concientización en la plana directiva y en el personal a fin de que todos ellos, de forma natural y espontánea, apliquen los controles y procedimientos establecidos por la empresa.

¿Cómo fortalecer sus sistemas de compliance?

Se debe mantener estos sistemas constantemente actualizados, teniendo en cuenta no solo las modificaciones en el marco normativo anticorrupción, sino, principalmente, los cambios que puede haber atravesado la empresa en cuanto a su estructura, organización, líneas de negocio y operaciones, así como los casos o incidentes que pudieren haberse suscitado en la organización. La mejora continua del sistema, basada en la retroalimentación y las lecciones aprendidas, es la mejor forma para potenciarlo y mantenerlo actualizado y vigente.

Finalmente, ¿Cuál es el ruta para que más empresas en Perú incorporen sistemas que gestionen la prevención de delitos?

La implementación de sistemas de compliance no tiene por qué ser excesivamente costosa o sofisticada. Las empresas, al margen de su tamaño o sector económico, deben entender que el principal insumo y punto de partida para la adopción de estos sistemas es el conocimiento de las actividades, procesos, en suma, de la realidad de la empresa, lo que les permitirá identificar sus principales áreas de riesgo y poner el foco en aquellas que sean más críticas para poder mitigarlos y gestionarlos adecuadamente.

*Teresa Tovar será una de las ponentes en la nueva edición del Congreso Internacional de Compliance y Lucha Anticorrupción, que se llevará a cabo del 19 al 22 de setiembre, y en el que expondrá sobre la Ética Conductual, algunas lecciones para potenciar el programa de cumplimiento en el país.

El encuentro, organizado por la World Compliance Association, está dirigido a profesionales relacionados con el cumplimiento normativo tanto en el ámbito privado como público, asesores, oficiales de cumplimiento, servidores y funcionarios públicos, gerentes de empresa, asociaciones empresariales, consejeros de administración, abogados, consultores, entre otros. Para más información, haga click aquí.

 

Fuente: Diario Gestión

https://gestion.pe/economia/empresas/teresa-tovar-la-tendencia-es-que-los-delitos-por-los-que-una-empresa-pueda-ser-sancionada-se-extienda-noticia/?ref=gesr

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