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09/07/2026

Colombia unifica SAGRILAFT y PTEE: la Superintendencia de Sociedades expide su nueva Circular Básica Jurídica

por Iván Martínez, CEO de Intedya

La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000020 de 2026, que adopta una versión integralmente revisada de la Circular Básica Jurídica (CBJ) y deroga la Circular Externa 100-000008 de 2022 junto con otras diez circulares. El acto, de 236 folios, rige a partir de su publicación y marca el punto de inflexión que el sector de cumplimiento venía anticipando desde que el proyecto se sometió a consulta pública, cuyo periodo de comentarios cerró el 4 de enero de 2026.

El cambio de mayor alcance es estructural: los dos regímenes que hasta ahora convivían por separado —el SAGRILAFT (Capítulo X) y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial o PTEE (Capítulo XIII)— dejan de existir como capítulos independientes y se fusionan en un único **Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST**, recogido en el nuevo Capítulo IX. El sistema integrado cubre en un mismo marco el lavado de activos, la financiación del terrorismo, la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, la corrupción local y el soborno transnacional.

Un solo sistema, un mismo enfoque de riesgo

Hasta ahora las empresas gestionaban por vías distintas los riesgos de lavado y financiación del terrorismo, por un lado, y los de corrupción y soborno, por otro, con sujetos obligados, umbrales y obligaciones diferenciados. La nueva CBJ los somete a un modelo común basado en riesgos, extendiendo también al Régimen de Medidas Mínimas la gestión de los riesgos de corrupción. El concepto de "corrupción local", anclado en la Ley 2195 de 2022, amplía el ámbito material de los delitos cubiertos hacia conductas contra la administración pública, el medio ambiente y el orden económico y social.

El texto ordena que el sistema se traduzca en una política y un manual de procedimientos, con responsabilidades definidas para la junta directiva o máximo órgano social, un oficial de cumplimiento principal y su suplente —con dependencia directa de la junta—, la revisoría fiscal y las auditorías. Desarrolla, además, las etapas del sistema, los procesos de debida diligencia y debida diligencia intensificada (con foco en beneficiario final, personas políticamente expuestas y activos virtuales), el reporte de operaciones sospechosas ante la UIAF, los reportes ante la propia Superintendencia y un catálogo de señales de alerta por tipologías.

Nuevos umbrales en UVB y más sectores cubiertos

Uno de los ajustes de mayor impacto operativo es el cambio de unidad de medida: los umbrales dejan de expresarse en salarios mínimos y pasan a la **Unidad de Valor Básico (UVB)**. El régimen general aplica a sociedades, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras vigiladas o controladas que registren ingresos o activos totales iguales o superiores a 4.929.017 UVB —equivalentes a alrededor de 59.690 millones de pesos en 2026—. Para los sectores designados el umbral baja a 3.696.762 UVB, y el Régimen de Medidas Mínimas opera desde 369.676 UVB en ingresos o 616.127 UVB en activos.

El sistema alcanza expresamente a las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas —agentes inmobiliarios, comerciantes de metales y piedras preciosas, servicios jurídicos y servicios contables— y a sectores como construcción, comercio de vehículos y regímenes especiales (SAPAC, libranza, multinivel, fondos ganaderos y factoring). Se incorpora un régimen específico para aportes y proveedores de servicios de activos virtuales, con un umbral de 12.323 UVB, y se sujeta a las cámaras de comercio y a Confecámaras. En paralelo, el nuevo esquema deja de exigir criterios como las transacciones internacionales o los contratos con entidades estatales para determinar la obligatoriedad, simplificando la puerta de entrada al régimen.

Qué deben hacer las empresas

La Superintendencia enmarca la reforma en las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales y en un entorno de criminalidad corporativa cada vez más flexible. Para los sujetos obligados, la consecuencia práctica es doble: revisar su condición de obligado bajo la nueva base de cálculo en UVB y migrar de dos programas paralelos a un único sistema de cumplimiento integrado, con una gobernanza y una debida diligencia armonizadas. El texto también actualiza capítulos societarios —órganos sociales, administradores, reformas estatutarias y grupos empresariales— e introduce un capítulo de recomendaciones sobre el reporte de sostenibilidad.

Con la CBJ ya expedida, las áreas de cumplimiento entran en la fase de adecuación de sus políticas, manuales y matrices de riesgo al modelo unificado.

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