


Por Iván Martínez, CEO de Intedya
La Unión Europea ha dado un paso decisivo en la revisión de su marco de información corporativa sobre sostenibilidad. El Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 de la Comisión, de 3 de julio de 2026, modifica el Reglamento Delegado (UE) 2023/2772 y establece una nueva versión simplificada de las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS/ESRS). La reforma responde al proceso europeo de simplificación de las obligaciones empresariales y busca corregir algunas de las dificultades que se habían identificado durante los primeros ejercicios de aplicación de los ESRS, especialmente el elevado número de datos requeridos, la complejidad de los análisis de doble materialidad y las dificultades para obtener información fiable de proveedores, clientes y otros actores de la cadena de valor. No estamos, por tanto, ante una modificación menor. El Reglamento sustituye íntegramente los anexos I y II del Reglamento Delegado (UE) 2023/2772, introduciendo una nueva arquitectura para la preparación de los estados de sostenibilidad.
¿Qué cambia realmente con los nuevos ESRS?
La simplificación afecta a numerosos elementos de los estándares, pero algunos cambios tendrán un impacto especialmente significativo en la forma en que las organizaciones diseñan sus procesos de reporting.
Una nueva forma de abordar la doble materialidad
La doble materialidad continúa siendo uno de los pilares fundamentales de los ESRS, pero cambia de manera importante la forma en que puede realizarse su evaluación. La nueva NEIS 1 introduce expresamente un enfoque descendente o “top-down”. En lugar de iniciar necesariamente el proceso identificando y evaluando exhaustivamente todos los posibles impactos, riesgos y oportunidades —los conocidos IRO—, la organización puede comenzar analizando su estrategia, modelo de negocio, actividades, sectores, geografías y cadena de valor. Cuando de ese análisis pueda concluirse razonablemente que una determinada cuestión es material o no material, no será necesario desarrollar un ejercicio desproporcionadamente complejo para llegar a la misma conclusión. El objetivo es que la evaluación de doble materialidad deje de convertirse en determinados casos en un enorme ejercicio documental y pase a concentrarse en aquellos ámbitos en los que realmente puedan existir impactos, riesgos u oportunidades materiales. Además, la materialidad puede descender al nivel de tema o subtema. Que un determinado aspecto de una norma temática sea material no significa necesariamente que toda la información incluida en esa norma deba ser reportada.
Ya no se espera analizar indiscriminadamente todos los IRO posibles
Relacionado directamente con lo anterior, los nuevos estándares refuerzan un enfoque basado en riesgo y relevancia. Las empresas deberán identificar dónde resulta razonablemente probable encontrar impactos, riesgos u oportunidades materiales atendiendo, entre otros factores, a sus actividades, modelo de negocio, sectores, geografías, relaciones empresariales y cadena de valor. Esto permite concentrar recursos en las cuestiones verdaderamente relevantes, evitando análisis exhaustivos de situaciones cuya materialidad resulte improbable.
Aparece el criterio de “coste o esfuerzo indebido
Una de las novedades con mayores consecuencias prácticas es la incorporación del concepto de **“coste o esfuerzo indebido”**. Los nuevos ESRS permiten considerar si determinada información puede obtenerse razonablemente sin que ello suponga para la empresa un coste o esfuerzo desproporcionado. El criterio cobra especial importancia en la evaluación de doble materialidad y, particularmente, cuando la organización necesita obtener información relacionada con su cadena de valor. No supone una exención automática de las obligaciones de información, pero introduce un principio de proporcionalidad que deberá incorporarse a los procedimientos internos utilizados para decidir qué información se solicita, cómo se obtiene y qué alternativas pueden utilizarse cuando conseguir datos directos resulte excesivamente complejo.
Menor presión sobre proveedores y cadena de valor
La obtención de información de la cadena de valor upstream y downstream había sido uno de los mayores problemas prácticos de los primeros ESRS. La revisión permite, bajo determinadas circunstancias, utilizar estimaciones, información sectorial, datos regionales u otras fuentes razonablemente disponibles en lugar de exigir sistemáticamente información individualizada a todos los proveedores, clientes o socios comerciales. El cambio tiene importancia también para las empresas que no están directamente sujetas a la CSRD. Muchas pymes habían comenzado a recibir extensos cuestionarios ESG de grandes clientes precisamente porque estos necesitaban recopilar información para sus propios estados de sostenibilidad. La simplificación debería contribuir a reducir este denominado efecto de “derrame” o trickle-down effect sobre empresas de menor tamaño.
Reducción significativa de los puntos de datos
Otro de los grandes objetivos de la reforma es reducir el volumen de información que las organizaciones deben recopilar y publicar. La Comisión establece expresamente como línea de actuación la reducción del número de datapoints obligatorios, junto con una diferenciación más clara entre la información que debe comunicarse obligatoriamente y aquella cuya divulgación tiene carácter voluntario. Para las organizaciones que ya habían desarrollado matrices completas de requisitos ESRS, esto implica una consecuencia inmediata: será necesario revisar los sistemas existentes para determinar qué datos continúan siendo exigibles, cuáles han sido modificados y cuáles dejan de ser necesarios.
Más datos cuantitativos y menos información narrativa innecesaria
La simplificación también pretende corregir otro de los problemas detectados en los primeros estados de sostenibilidad: documentos extremadamente extensos en los que la información realmente relevante podía quedar diluida entre numerosas explicaciones narrativas. Los estándares revisados buscan priorizar información cuantitativa, comparable y útil para la toma de decisiones, reduciendo aquellas exigencias narrativas que aporten escaso valor informativo. El objetivo no es únicamente que las empresas informen menos, sino que la información publicada sea más comprensible y útil para inversores y demás partes interesadas.
Simplificaciones para adquisiciones, desinversiones y operaciones conjuntas
Los nuevos ESRS incorporan también disposiciones específicas para situaciones empresariales que hasta ahora generaban dificultades importantes de reporting. Se introducen simplificaciones relacionadas con adquisiciones y desinversiones producidas durante el ejercicio, así como determinados tratamientos para operaciones conjuntas y actividades no significativas. Con ello se pretende evitar que cambios en el perímetro empresarial obliguen a recopilar información que, en determinadas circunstancias, puede resultar difícil de obtener o tener una relevancia limitada para comprender el desempeño de sostenibilidad del grupo.
Un estado de sostenibilidad más flexible
La reforma también afecta a la forma de presentar la información. Entre las novedades se contempla la posibilidad de incorporar un resumen ejecutivo que facilite la comprensión de las cuestiones de sostenibilidad más relevantes de la organización. Asimismo, se flexibiliza la presentación de determinada información vinculada con la Taxonomía de la Unión Europea, que podrá organizarse en un apéndice separado dentro del estado de sostenibilidad. Son cambios aparentemente formales, pero responden a un objetivo más amplio: hacer que los informes sean más accesibles y evitar que el cumplimiento regulatorio termine generando documentos excesivamente extensos y difíciles de utilizar.
Mayor interoperabilidad con los estándares internacionales
La revisión también persigue una mayor compatibilidad de los ESRS con los principales estándares internacionales de información sobre sostenibilidad. La Comisión pretende reducir duplicidades para los grupos empresariales internacionales que deben responder simultáneamente a diferentes marcos regulatorios y estándares de reporting. La interoperabilidad se convierte así en otro de los criterios que orientan la simplificación del modelo europeo.
2026 se convierte en un año de transición
El Reglamento introduce un régimen especialmente relevante para las empresas que ya están preparando información de sostenibilidad. Para los ejercicios que comiencen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, determinadas empresas podrán continuar utilizando las normas anteriores o aplicar anticipadamente los nuevos estándares simplificados. Incluso las organizaciones que continúen utilizando la versión anterior podrán acogerse, bajo las condiciones previstas en el Reglamento, a determinadas medidas de simplificación introducidas por el nuevo marco. Entre ellas se encuentran precisamente algunas de las modificaciones más importantes: el enfoque top-down para la doble materialidad, el criterio de coste o esfuerzo indebido, las limitaciones relacionadas con la información de la cadena de valor, determinadas reglas sobre adquisiciones y desinversiones y operaciones conjuntas, la presentación separada de determinada información de Taxonomía y la posibilidad de incorporar un resumen ejecutivo. Las empresas deberán identificar claramente en su estado de sostenibilidad qué versión de las normas han utilizado.
Aplicación obligatoria desde 2027
El Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 entrará en vigor el 10 de noviembre de 2026, mientras que los nuevos estándares serán aplicables obligatoriamente a los ejercicios financieros que comiencen a partir del 1 de enero de 2027. Esto deja un periodo relativamente corto para que las organizaciones revisen los sistemas que habían desarrollado para cumplir con los ESRS anteriores. La transición no debería limitarse a sustituir una tabla de requisitos por otra. Las organizaciones tendrán que revisar sus metodologías de doble materialidad, mapas de IRO, matrices de requisitos, procedimientos de recopilación de información, cuestionarios ESG a proveedores, sistemas de control interno, indicadores y estructuras de los estados de sostenibilidad. Especial atención requerirá la documentación de las decisiones adoptadas al aplicar conceptos como el enfoque top-down o el criterio de coste o esfuerzo indebido. Simplificar el proceso no significa eliminar la necesidad de justificar adecuadamente por qué una cuestión ha sido considerada material, por qué determinada información no se ha obtenido directamente o qué fuentes alternativas se han utilizado.
De “informar de todo” a informar de lo realmente material
La reforma marca un cambio importante en la evolución del modelo europeo de reporting de sostenibilidad. La Unión Europea no abandona la doble materialidad ni el sistema ESRS, pero sí intenta corregir una aplicación que había generado una elevada carga de recopilación y documentación para numerosas organizaciones. El nuevo enfoque puede resumirse en una idea: menos datapoints, evaluaciones de materialidad más focalizadas, menor presión sobre la cadena de valor y mayor proporcionalidad en la obtención de información.
Para las empresas, el desafío durante los próximos meses será aprovechar esta simplificación sin convertirla en una pérdida de rigor. La reducción de requisitos no elimina la necesidad de disponer de procesos sólidos, evidencias suficientes y criterios consistentes para determinar qué cuestiones de sostenibilidad son realmente materiales. Los nuevos ESRS apuntan, en definitiva, hacia un modelo en el que el objetivo ya no sea generar el mayor volumen posible de información ESG, sino conseguir que las empresas informen menos, pero informen mejor.
Fuente: Delegated regulation - EU - 2026/1563 - EN - EUR-Lex

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