El pasado 10 de Noviembre, en Alicante, World Compliance Association organizó junto con La Diputación de Alicante, El Colegio Provincial de Abogados de la Provincia de Alicante, El Campus de Elche de la Universidad Cardenal Herrera (CEU) y algunas asociaciones de empresarios, como Grupo Alcoe, Jovempa y Aepa, además de despachos jurídicos de reconocido prestigio en la provincia, como Mexía Algar Abogados y TyT Abogados, un coloquio sobre los programas de cumplimiento en la empresa privada y su repercusión en la contratación pública para empresarios de la provincia de alicante al cual también se sumaron otras organizaciones de ámbito nacional, así como internacional, como Intedya, Grupo Paradell, GP Compliance y Censor Consulting.
La jornada de formación, celebrada en el MARQ, Museo Arqueológico de Alicante, tuvo una gran acogida y a ella asistieron más de un centenar de; empresarios, abogados, compliance officer y economistas.
A lo largo de la mañana recibimos una magnífica formación e información sobre el panorama actual de los programas de cumplimiento penal y la responsabilidad penal de la persona jurídica. Para ello nos acompañó como ponente, D. Vicente Magro Servet, Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, el cual hizo una útil y didáctica presentación que permitió a los asistentes concienciarse de la importancia de “aplicar una cultura de cumplimiento en nuestro tejido empresarial” así cómo afirmar que tanto desde una perspectiva judicial, como reputacional y económica, la implementación de estos programas “es un beneficio, no un gasto”.
También participaron en el acto D. Albert Salvador Lafuente, Secretario General de World Compliance Association, D. Vicente Fernández, Director de Intedya en Valencia, y experto en ISO 19600 Sistemas de Compliance, D. Miguel Toledo, Abogado y Experto Compliance Officer, D. Juan Carlos Galindo, Perito Judicial, experto en blanqueo de capitales y Presiente de ASEBLAC y por último, como moderadora y coordinadora de la jornada, Dª Mari Carmen Aranda Martínez, Diplomada en Gestión y Administración Pública, Graduada en Derecho, Responsable del departamento de Compliance en Mexía Algar Abogados y Directora de GP Compliance Alicante.
Entre todos los ponentes se estableció un debate en la primera sesión sobre la implementación de los programas de cumplimiento penal, Compliance, desde diferentes puntos de vista.
Por un lado, desde el punto de vista del empresario, quien debe ser responsable y diligente en el desarrollo de su actividad empresarial, facilitando e implicándose en la configuración estructural de la persona jurídica, a los efectos de dificultar o incluso imposibilitar la comisión delictiva individual o colectiva dentro de la misma. Para ello, ya cuenta con la certificación de la norma UNE 19601 de Sistemas de Gestión de Compliance, que tiene un valor probatorio ex ante visto con buenos ojos desde la Fiscalía General del Estado. Como muy bien expuso el ponente D. Miguel Toledo, “el legislador nos ha dado la confianza para que nosotros podamos cumplir e implementemos dichos programas de cumplimiento penal, en favor de ser organizaciones que cumplen la legislación y normativa vigente, más competitivos y socialmente mejor valorados, pero si traicionamos su confianza, la decepción es mayor”.
Desde el punto de vista del profesional que día a día ve el resultado positivo de la regulación en la persona jurídica tanto D. Albert Lafuente como D. Vicente Fernández coincidieron en la importancia de la concienciación en el tejido empresarial. “Ya existe una normativa aplicable y certificada que pone de manifiesto la voluntad de cumplimiento de la persona jurídica, sus directivos o empleados tienen que realizar el trabajo necesario para que la misma no resulte imputada por ningún hecho delictivo, y para ello la mejor arma es la prevención”.
Aportó el punto de vista más crítico D. Juan Carlos Galindo, el cual manifestó en la segunda parte de la jornada que “ha de ser mayor la implicación de las Administraciones Públicas y que la recién aprobada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, no acaba de obligar “expresamente” a la persona jurídica a tener implantado el Compliance para contratar con la Administración Pública”, por lo que se ha vuelto a perder una oportunidad para que, de forma ejemplarizante, la Administración sea la primera en exigirlo o premiarlo en los pliegos de la contratación pública.
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