Los tribunales están empezando a considerar como delitos ciertos comportamientos que hasta ahora se sancionaban como faltas administrativas. Aumenta así la responsabilidad penal de los empresarios.
El "siempre se ha hecho así" o "total, si sólo es un contrato" no servirá como atenuante para algunas conductas no poco habituales que se dan en algunos centros de trabajo. En los últimos años y cada vez de forma más creciente, se han tipificado como delitos comportamientos que hasta ahora estaban siendo sancionados simplemente como faltas por los juzgados de lo social o por la Inspección de Trabajo.
Montse Rodríguez, directora del área laboral de BDO Abogados, advierte de que muchos directivos aún no son conscientes de este cambio, ya que, en bastantes ocasiones, "son los propios jueces los que están pidiendo al Ministerio Fiscal que entre de oficio para analizar si hay delito penal en los casos que tienen entre manos".
Estas conductas pueden comportar responsabilidad penal tanto para la empresa como para los directivos, que pueden acabar en la cárcel si no implantan las medidas necesarias a través de un programa de cumplimiento normativo para evitar este tipo de comportamientos en el seno de su empresa.
"Las responsabilidades penales no son asegurables, por lo que muchos directivos están asustándose ante las posibles consecuencias de este cambio de criterio para ser juzgados por la vía penal", alerta Ricardo Balansó, director del área de procesal de BDO Abogados en Barcelona.
Acoso en el trabajo
El acoso en cualquiera de sus modalidades -moral, sexual o por razón de sexo- es una de las conductas con las que más tienen que lidiar los abogados. Además de los posibles castigos económicos para la empresa -que podrían minorizarse con un plan de prevención y un protocolo claro antiacoso-, esta conducta puede ser denunciada a través de la vía penal, una estrategia que, a veces, es usada como medida de presión.
Hay que tener en cuenta que no sólo cabe la posibilidad de una pena de cárcel de hasta dos años, sino que existe un grave daño reputacional.
Fraude a la Seguridad Social
Eludir el pago de las cuotas de la Seguridad Social, disfrutar de deducciones a las que no se tiene derecho o contar con falsos autónomos como parte de la plantilla normal son sólo algunos ejemplos de acciones que pueden poner a un directivo en peligro.
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