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25/10/2019

Programas de cumplimiento en competencia, una buena inversión

Autor: Javier Nuñez Melgoza. Consultor en Competencia Económica y Regulación y profesor universitario.

Fuente: El Economista

El sistema de competencia económica en México se ha reformado en varias ocasiones desde su nacimiento en 1993. La reforma sustantiva más reciente ocurrió en el 2013 y modificó el entramado constitucional bajo el cual se combate a los monopolios y las prácticas monopólicas. Esta reforma, concluida en el 2014 con la emisión de una nueva ley reglamentaria, dotó a la Cofece y al IFT de nuevos instrumentos y fortaleció los existentes, de manera que hoy México cuenta con un sistema sólido para combatir las conductas que atentan contra el libre funcionamiento de los mercados.

En los últimos años, hemos atestiguado la conclusión de investigaciones de prácticas monopólicas en sectores diversos y se han producido acusaciones contra empresas de gran presencia económica. No obstante, la política de competencia no se circunscribe a este tipo de organizaciones, sino que tiene un alcance que le permite investigar a prácticamente cualquier unidad económica, sin importar su tamaño o naturaleza privada o estatal.

Las sanciones posibles pueden ser multimillonarias. En el caso de la colusión, esto es los acuerdos de manipulación de mercados entre competidores, la multa puede alcanzar hasta 10% de las ventas anuales. En el caso de las prácticas relativas, conducentes al desplazamiento indebido de competidores, la sanción puede ser por hasta 8% de la facturación anual. En cualquier caso, una multa en este orden de magnitud puede ser equivalente a las utilidades netas de una empresa durante varios años, y podría conducir a la quiebra de ésta. A lo anterior, deben añadirse las sanciones que podrían ser impuestas a quienes colaboren en la instrumentación de la conducta, incluyendo la posibilidad de la inhabilitación para involucrarse en actividades relacionadas con el ámbito ejecutivo por hasta cinco años. Ante este escenario, las empresas deben tomarse en serio la implementación de programas de cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica. Aunque ello no garantiza recibir un trato favorable por parte de la autoridad en caso de que la empresa se vea involucrada, sí puede permitirle identificar comportamientos indebidos y corregirlos e incluso puede evitar que se incurra en ellos.

Los programas de cumplimiento deben ser integrales; es decir, deben incluir a las distintas líneas de negocio y áreas involucradas, y requieren de un compromiso de la alta dirección, pues de otra manera el mensaje no permeará hacia los niveles subordinados.

Idealmente, el programa debe estar alineado con otros programas de cumplimiento en diversos ámbitos, como anticorrupción, privacidad de datos, conflicto de interés y limitaciones al comercio exterior, entre otros, pues resulta que las actividades anticompetitivas suelen estar vinculadas con acciones indebidas en otras áreas.

En términos generales, los programas de cumplimiento en competencia económica permiten: 1) prevenir comportamientos que puedan dar lugar a violaciones a la ley, como distribuidores y comercializadores de productos; 2) evitar riesgos y sanciones; 3) evitar litigios por reparación de daños; 4) proteger a directivos y empleados, y 5) proteger la reputación de la empresa.

En materia comercial y operativa, estos programas generan seguridad y certidumbre, al proveer a los empleados de un marco de actuación que les permitirá identificar las estrategias comerciales que cumplen con el marco legal. Los componentes básicos de los programas de cumplimiento son: 1) elaboración de guías, manuales y políticas de cumplimiento; 2) evaluación de riesgos; 3) programa de capacitación, que debe cubrir al menos a los mandos medios y altos en las áreas legal, financiera, de comercialización y compras, 4) monitoreo y auditoría de cumplimiento; 5) sistema de reporte y acciones disciplinarias internas, y 6) evaluación del programa.

Porque prevenir es mejor que remediar, desarrollar un programa de cumplimiento de la ley en materia de competencia económica resulta una inversión redituable en el largo plazo.

 

*Consultor de Ockham Economic Consulting, especializado en competencia económica, regulación y estrategia de mercado y profesor universitario.

 


 
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