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19/02/2018

¿Es necesario un Compliance Officer en el sector público? - Por Concepción Campos Acuña

Compliance. Este término, todavía muy desconocido para el público en general y que se traduciría en nuestro país como cumplimiento normativo, hace referencia a «una función independiente que identifica, asesora, alerta, monitorea y reporta los riesgos de cumplimiento en las organizaciones, es decir, el riesgo de recibir sanciones por incumplimientos legales o regulatorios, sufrir pérdidas financieras o pérdidas de reputación por fallas de cumplimiento con las leyes aplicables, las regulaciones, los códigos de conducta y los estándares de buenas prácticas».

Su irrupción en España se producía con fuerza en el año 2010 con la modificación del Código Penal, que posibilitaba la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas. Y frente a esa responsabilidad penal, la norma contempla los programas de cumplimiento a modo de escudo protector. Aparece así el elemento motivador para los programas de cumplimiento normativo, su condición de instrumento de exención de la responsabilidad penal siempre que cumpla los requisitos legalmente establecidos.

Pensado como una herramienta de aplicación en el sector privado, por la falta de exigencia de responsabilidad penal al ámbito público, cada vez son más las voces que reclaman su introducción precisamente en ese ámbito, hasta el punto de que ya ha comenzado a dar sus primeros pasos de la mano de la nueva Ley de Contratos del Sector Público. En este caso, es la propia normativa europea la que otorga un papel al compliance a partir del 9 de marzo, y aunque formalmente pueda parecer limitado al sector privado, la apuesta por la integridad pública no deja de ser un avance de una tendencia regulatoria.

Planteadas así las cosas, las pregunta es ¿Tiene sentido el Compliance en el sector público? La respuesta debe ser afirmativa. El refuerzo de las políticas de integridad institucional constituye, en el contexto actual, una exigencia altamente demandada por la sociedad para superar la grave crisis de legitimidad que han experimentado las instituciones públicas por la difícil situación económica y los numerosos casos de corrupción. Dice el refranero que «más vale prevenir que curar». Sabiduría popular plenamente aplicable en el sentido de dotarse de los medios y mecanismos que resulten adecuados para evitar las desviaciones del cumplimiento normativo precisamente por quien debe ser ejemplarizante: la administración pública. Es en ese contexto y desde un diseño de políticas de compliance en términos de eficacia y no de mera apariencia donde cobra sentido.

 

Concepción Campos Acuña es asociada de la WCA y pertenece al Comité Técnico de Compliance en el sector público.

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