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16/07/2018

¿Cuáles son las «minas» del «compliance officer» en una entidad deportiva?

El mercado estival ha deparado importantes litigios en la industria del deporte y novedades legislativas que ayer coparon buena parte del primer Encuentro LaLiga de Derecho del Deporte, la iniciativa de la Fundación de la patronal para fomentar la divulgación en este gremio. Y se abordaron todas las cuestiones, desde la sanción de la Fifa a Real Madrid y Atlético de Madrid, pasando por la sanción de la Comisión Europea a varios clubes y el expediente al FC Barcelona por el caso Neymar. Pero sobre todo se habló de los “campos de minas” de las normas sobre compliance y el papel de los administradores en una SAD. 

David Díaz, socio de Baker&McKenzie, explicó las claves que tiene que tener en consideración una entidad a la hora de no equivocarse con las normas de cumplimiento. “No sirve decir que va a haber una persona de compliance y que no haya una dotación presupuestaria. Debe haber un plan tangible porque si nos ponen a prueba y queremos que sea eximente de la persona jurídica, debe haberlo”, advirtió sobre la importancia de esta cuestión a la hora de evitar que las irregularidades de un empleado puedan acabar afectando a toda la organización. Y añadió: “el código de conducta debe estar actualizado y lo deben conocer todos. Si no se cumple hay que sancionar. Si lo tienes pero no lo pones en marcha, estás dejando sin efecto aquello para lo que has puesto en marcha el compliance”.

El abogado recordó que tener bien estructurada esta parcela es especialmente relevante en el deporte, donde “hay ventanas que duran muy poco tiempo y a veces no es el director deportivo, sino el secretario técnico o un tercero el que hace la propuesta a un club, agente, jugador, etcétera, en la que puede haber una responsabilidad, pese a que esa persona no tenga poderes para representar al club o la sociedad”. 

En este sentido, recordó que “las minas” más importantes están en la relación con los intermediarios, sobre lo que recomendó tener un modelo de contrato; los clubes extranjeros; la Administración, sobre todo en temas urbanísticos, y los amaños de partidos, en los que la actuación de un grupo de jugadores puede acabar suponiendo una condena para el club. 

La importancia de estas cuestiones, como ha podido apreciarse en el caso Neymar, donde el Barça sí ha sido culpabilizado, ya obligó hace unos meses a La Liga a mover ficha. Desde este año, los equipos deben implementar modelos de prevención de delitos y contar con la figura del compliance officer para poder inscribirse en las dos categorías que gestiona la patronal. “Ni ACB ni Asobal tienen planes parecidos, ni tampoco en la Premier League o Bundesliga. […] En esto hay que decir que La Liga ha sido novedosa en la exigencia”, recordó Díaz, muy partidario de esta serie de medidas que van “en línea con la filosofía de que sea una industria limpia, sostenible y haya integridad común. Con la relevancia que tiene, no se puede permitir no ser un modelo ético y de integridad”.

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