La Unión Europea (UE) dio hoy el visto bueno definitivo a nuevas normas para castigar los delitos de blanqueo de dinero que establecen, entre otras medidas, mínimos para las condenas a prisión o la posibilidad de hacer recaer la responsabilidad también sobre sociedades.
Los 28 Estados miembros de la Unión aprobaron hoy la directiva, cuyo objetivo es complementar la que ya existe para prevenir el uso del sistema financiero para el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo con medidas relativas a las leyes de enjuiciamiento criminal.
Así, establece estándares comunes en toda la UE para los delitos de lavado de dinero, como que las penas máximas de prisión que puedan imponerse por este tipo de delitos sean de al menos cuatro años.
Además, los jueces podrán imponer sanciones adicionales, como prohibir que quienes sean condenados por blanqueo puedan asumir un cargo público o excluirles del acceso a financiación pública.
Para ello se introducen también definiciones comunes sobre los delitos vinculados al lavado de dinero.
Además, se da la posibilidad de hacer a las entidades legales responsables de ciertas actividades relativas al blanqueo, de modo que puedan enfrentarse a sanciones como su puesta bajo supervisión o cierre por orden judicial o la exclusión de acceso a ayudas públicas.
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