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25/04/2019

Menos del 50% de las empresas tienen políticas anticorrupción

Según datos internacionales el 47% de las empresas cuentan con planes de compliance. Varios países están sancionando leyes sobre el tema. Desde 2018 rige la ley 27.401 en Argentina

Por Diego González

La lucha contra la corrupción es un tema de agenda en las empresas a nivel internacional. Poco a poco se van sancionando leyes y las organizaciones incorporan programas de compliance muchas veces para prevenir riesgos, pero también con un afán reputacional. En Argentina desde hace un año rige la ley de responsabilidad penal empresaria que abarca esta temática.

La corrupción es una mala práctica que cientos de personas practican no solo a nivel empresarial, sino a nivel sociedad y pese a las acciones que algunas empresas o gobiernos realizan para evitarla, la lucha anticorrupción sigue siendo prioridad en varios países.

Sin embargo, los datos internacionales indican que la tendencia aun no es abrumadora. En México, por ejemplo, el 47% de las grandes empresas cuenta con áreas de cumplimiento o políticas anticorrupción, mientras que en las pymes apenas llega al 5%. Según el especialista mexicano Gabriel Palacios León, la estimación podría extenderse al resto de la región donde se viven realidades similares en este campo.

Por su parte, el presidente de la World Compliance Association (España), Iván Martínez, define al compliance o los planes de integridad como una herramienta para que las empresas puedan prevenir la comisión de delito de corrupción. “Además para que una empresa en un posible proceso judicial pueda demostrar que tenía la voluntad de hacer las cosas bien”, completa el abogado español. Según este especialista con estos programas puede quedar demostrado que el delito lo cometió una persona a título individual en contra de la voluntad de la organización.

En los últimos tres años se aceleró en las grandes empresas la adopción y fortalecimiento de estructuras legales internas especializadas en medidas anticorrupción, conocidas como áreas de compliance.

El compliance impone un gobierno corporativo dentro de una empresa que atiende no solo el cumplimiento hacia afuera con la normatividad o leyes locales, sino que también debe atender lo interno con reglamentaciones adecuadas. Según los analistas, para que una empresa no caiga en prácticas ilícitas que afectan su crecimiento, es necesario saber qué es una política de anticorrupción e implementar una cuanto antes.

También aclaran que el plan de integridad es más que un código de conducta que se descarga de internet. “En programa de cumplimiento es tan complejo como compleja sea la organización en la que se va a aplicar”, completan.

En Argentina desde el 1 de marzo del año pasado está vigente la ley 27.401 que establece la aplicación de la responsabilidad penal a las personas jurídicas privadas, es decir de las empresas en delitos de corrupción. Las empresas a quienes alcanza la responsabilidad pueden ser de capital nacional o extranjero, con o sin participación estatal, por alguno de los siguientes delitos: soborno y tráfico de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y balances e informes falsos.

La responsabilidad recae sobre las personas jurídicas que hubieran realizado tales delitos, directa o indirectamente y también alcanza a los terceros (personas humanas) que careciendo de atribuciones para obrar en representación de la persona jurídica, igual hubiere actuado en beneficio o interés de ella y esta hubiese ratificado la gestión aunque sea en forma tácita.

“A nivel internacional se está legislando este principio de responsabilidad de las empresas”, explica Iván Martínez y define el caso argentino como uno de los más recientes. La norma se debatió en el Congreso durante 2017 y se buscó su aceleración porque era una de las condiciones que debía cumplir la Argentina para ingresar a la OCDE. Pese a la sanción de la norma, el país aun no integra el bloque.

Según Martínez, la ley “sigue los parámetros internacionales” pero destaca la obligatoriedad de la incorporación de los planes de integridad para las empresas que participen de licitaciones con el Estado. Aunque aclara: “Deberían haber concretado un poco más en el cómo demostrar los planes de integridad para que no quede solo en un brindis al sol”.

El especialista resume que son importantes los programas por tres motivos: prevención de delitos, incentivo reputacional y obligatoriedad de tener planes de integridad o compliance a las empresas que trabajen con el Estado.

“No solo hay que castigar el comportamiento inadecuado sino que también incentivar y convencer al empresario que es rentable ser ético, que se puede salir de un entorno altamente corrupto en el que a veces se tiene que trabajar”, define el español.

Según los entendidos, para ver el cambio real hay que esperar quizás una generación completa, “la ley es una medida interesante de corto plazo pero el gran reto es trabajar el base cultural de un país”, concluyen.

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