El Comité de Sanciones de la Agencia Francesa Anticorrupción (AFA) celebró su primera audiencia, reunida el 25 de junio para considerar una compañía que enfrenta posibles sanciones por no implementar un programa efectivo de cumplimiento anticorrupción.
La ley francesa Sapin II adoptada a fines de 2016 impuso a ciertas grandes empresas la obligación de establecer e implementar un programa de cumplimiento anticorrupción, y permite la imposición de sanciones incluso si no ha habido una falta de conducta real o presunta relacionada con la corrupción.
La audiencia del 25 de junio ilustra perfectamente los aspectos innovadores del nuevo marco regulatorio. Una de las primeras compañías que se sometió a una inspección de la AFA, con la intención de confirmar la existencia de un programa de cumplimiento efectivo, terminó siendo presentada ante el Comité de Sanciones de la AFA y enfrentando posibles sanciones.
Esta primera audiencia pública fue ansiosamente esperada por la comunidad de cumplimiento en Francia y atrajo a muchas partes interesadas. Más de dos horas antes de la apertura de la audiencia, la gente comenzó a formarse afuera de las oficinas de la AFA, y cuando se abrieron las puertas, se había formado una línea de cien metros. Solo las primeras 35 personas tuvieron acceso a la audiencia, de la cual tuvimos la suerte de formar parte.
Tres puntos parecen ser particularmente dignos de notar sobre este primer procedimiento del Comité de Sanciones.
La audiencia del 25 de junio duró tres horas y media, gran parte de la cual fue retomada por argumentos procesales. En cuanto al fondo, la AFA argumentó que la compañía y su presidente no habían demostrado que habían implementado cinco de los ocho pilares de un cumplimiento efectivo contra la corrupción, tal como se define en el Artículo 17 del Sapin II. Los cinco elementos presuntamente faltantes fueron el código de conducta, el mapeo de riesgos, la diligencia debida, los procedimientos contables y el control general del programa. La mayor parte del debate se centró en el tercer pilar: el hecho de que la empresa no haya implementado el mapeo de riesgo de corrupción adecuado.
En general, la AFA declaró que el mapeo de riesgo de corrupción constituye la piedra angular y la base del programa de cumplimiento anticorrupción de una compañía, y que si el mapeo de riesgo de la compañía era inadecuado, debería encontrar automáticamente que el resto del programa de cumplimiento de la compañía en sí mismo no es efectivo.
El presidente del Comité de Sanciones anunció que su decisión se emitirá dentro de cuatro semanas.
Nicolas Tollet, en la imagen de arriba a la izquierda, es abogado de Hughes Hubbard. Se unió a la firma de Technip, donde se desempeñó como Vicepresidente de Cumplimiento y estuvo basado en París y Río de Janeiro (2012 - finales de 2016) y ha trabajado en algunos de los casos de corrupción más importantes del mundo. Ha sido admitido en la práctica en Nueva York y París, y ha estado enseñando sobre el cumplimiento anticorrupción en la Universidad de California Berkeley.
Marie-Agnès Nicolas, arriba a la derecha, es asesora de Hughes Hubbard y miembro de su grupo de investigación interna y anticorrupción y del departamento de litigios. Asesora a grandes empresas multinacionales en una variedad de temas de lucha contra la corrupción en relación con el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) y las autoridades francesas (agencia francesa contra la corrupción (AFA) y las autoridades judiciales). Ella es admitida en Francia (París).
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