Las Pymes, como el resto del universo empresarial de nuestro país, quedaron incluidas en el ámbito de aplicación la ley 27.401, que determina la responsabilidad penal de las personas jurídicas por la comisión de ilícitos de corrupción. Debido a que más del 95% de la masa empresarial en nuestro país está conformada por pequeñas y medianas empresas, siendo las Pymes el motor de la economía del mercado interno, debían estar incluidas.
El punto novedoso que nos trae la ley 27.401, que son los Programas de Integridad o de Compliance, responde a que serán de aplicación obligatoria para Pequeñas y Medianas Empresas que celebren contratos con el Estado, según el artículo 24.
“Sabemos que, cuando algo no es obligatorio y cuando la coyuntura económica aprieta, decidimos ir por lo urgente, dejando en agenda la aplicación de políticas de transparencia en el marco de nuestra pequeña y mediana empresa para más adelante”, expresó la Lina Anllo, abogada especialista en Compliance, y agregó que “por ello es importante advertir qué beneficios le acarrea la aplicación de un Programa de Compliance a la operatoria comercial de la pequeña y mediana empresa”.
“No debemos olvidar que, el Programa de Integridad otorgará a la PyME un gran “paragüas” en materia de responsabilidad penal de la empresa, por la comisión de determinados delitos, fundamentalmente hechos de corrupción. Un programa bien diseñado, correctamente aplicado y controlado trae un sinfín de beneficios, transformando ese “costo” en una excelente “inversión”. Con menos exigencias, una PyME puede demostrar el mismo nivel de compromiso ético y el mismo respeto por las normas que una gran organización”, explicó Anllo quien también preside el Capítulo Argentino de World Compliance Association.
Por su parte, Gisel Salinas, Directora del Comité Compliance y Pymes WCA, aseveró que “no debemos olvidar que el principal activo de una compañía, grande o pequeña, es su reputación. La forma de vincularnos comercialmente ha mutado, y en esta nueva forma de hacer negocios, donde se fomenta cada vez más la cultura del cumplimiento y del buen gobierno corporativo, la transparencia e integridad destaca a las empresas, es el valor diferencial, casi un aspecto de marketing”.
“Una buena política de transparencia le otorgará a la Pymes, no solo “cobertura” penal, sino que además, generará mayor competitividad, mejorará la imagen de la compañía, afectará positivamente su posición en el mercado”, afirmó Salinas.
La respuesta nos la brinda la misma ley, en su artículo 22 al establecer lo que conocemos como principio de proporcionalidad. El Programa de Integridad deberá elaborarse teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, la actividad, los riesgos propios de la misma, cantidad de empleados, capacidad económica, etc. Es decir, cuanto más simple sea la organización, más simple será el programa de compliance a desarrollar en la misma. Esta es la ecuación.
El pasado 12 de noviembre, la Oficina Anticorrupción publicó en el Boletín Oficial la Resolución 36/2019 mediante la cual introduce una guía complementaria para la implementación de Programas de Integridad de PyMEs, a través de la cual delimita conceptos básicos en materia de corrupción y transparencia, permitiendo que las pymes se familiaricen con estos nuevos conceptos, muchas veces desconocidos absolutamente por los empresarios. Esta guía permite a los empresarios pymes advertir cuáles serán los parámetros que se tendrán en cuenta a la hora de evaluar la robustez y eficiencia de un Programa de Compliance.
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