La sentencia del caso Pescanova deja a la filial en España de una de las mayores consultoras del mundo, BDO, al límite, al socio de la firma que auditó las cuentas investigadas de la multinacional española, Santiago Sañé, camino de prisión, y a la mayor aseguradora del país, Mapfre, golpeada.
Se trata de una sentencia histórica no solo porque pone punto y final a uno de los casos de corrupción contable más sonados de la reciente historia empresarial española; también porque, por vez primera en España, se condena a una gran firma auditora y al profesional que auditó las cuentas investigadas.
La Sala de lo Penal, sección cuarta, de la Audiencia Nacional, ha comunicado este martes la sentencia del caso Pescanova, por el que se ha investigado la falsificación de las cuentas del grupo pesquero durante los años 2009, 2010 y 2011. Los jueces condenan a ocho años de prisión al expresidente de Pescanova, Manuel Fernández Sousa.
La sentencia condena a BDO Auditores como autora responsable de un delito de falseamiento de información económica y financiera, y a Santiago Sañé como autor responsable de un concurso medial de los delitos de falseamiento de cuentas anuales y falseamiento de información económica y financiera, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 3 años, 6 meses de prisión.
Las cantidades con las que BDO España tendrá que asumir buena parte de las indemnizaciones requeridas son millonarias.
Los jueces sentencian que los mayores inversores de Pescanova que fueron afectados por el fraude contable tendrán que ser indemnizados con cerca de 200 millones de euros (Luxempart, 51,1 millones; Corporación Económica Delta, 40,1 millones; Silicon Metals el fondo estadounidense Cartesian, 23,3 millones; Golden Limits, 5,5 millones; Corporación Petrolífera, 6,6 millones; Citurrioz Inversiones, 59,8 millones).
BDO auditó las cuentas de Pescanova durante diez años sin apuntar salvedad alguna, a pesar de que en 2013 se destapó el fraude contable del grupo, que derivó en la entrada en concurso de acreedores de la compañía con un pasivo superior a los 3.500 millones de euros, la mayor quiebra ocurrida en España de una empresa de alimentación.
El fondo estadounidense Cartesian, que tenía el 5% de Pescanova a través de la sociedad Silicon Metals, presentó querella en la Audiencia Nacional contra BDO, acusándola de un supuesto delito de estafa, entre otros, siendo representada por el despacho Cremades & CalvoSotelo Abogados. Los administradores concursales de Pescanova contrataron a KPMG para elaborar un informe forensic, en el que detectaron las irregularidades cometidas.
¿Como es posible que KPMG descubriera en unos meses lo que BDO no vió en diez años? se preguntó el presiente de Cartesian, Peter Yu, cuando declaró ante el juez Pablo Ruz en noviembre de 2013.
Los jueces explican en la sentencia conocida hoy que BDO conocía por haber auditado las cuentas de Pescanova, que las cifras de compras que figuraban en las cuentas anuales no se correspondían con las enormes cifras de las operaciones financieras, entre otros aspectos de las irregularidades contables del grupo que según la sentencia la auditora pasó desapercibidas.
La mayor aseguradora española, Mapfre, también sale golpeada de la sentencia del caso Pescanova.
Los jueces explican que, como se ha declarado probado, la auditora BDO tenía un contrato de seguro obligatorio de responsabilidad civil con Mapfre Seguro de Empresas, de la que deriva una relación desolidaridad entre ambas, frente a los daños causados con respecto a terceros como consecuencia de la actividad profesional de su asegurado (...).
Según la documentación aportada en el proceso, Mapfre había concertado una póliza de responsabilidad civil suscrita en octubre de 2010, que fue siendo renovada, quedando así cubiertos los perjuicios económicos derivados de la labor de Santiago Sañé como auditor de Pescanova, hasta un importe de 16 millones de euros
La defensa de Mapfre alegó la inexistencia de responsabilidad civil a su cargo de los hechos delictivos acaecidos en los ejercicios 2010 y 2011 al haber tenido conocimiento de lo ocurrido tras recibir la notificación por parte del juzgado (...), explica la sentencia.
Sin embargo, continúan explicando los jueces, en las condiciones particulares del seguro de responsabilidad civil profesional suscrito entre BDO y Mapfre no existe ninguna cláusula limitativa con un contenido similar al transcrito, lo que permite concluir que el único límite para la entidad aseguradora por los perjuicios económicos derivados a los inversores serán los de la suma asegurada de cada uno de los ejercicios (...)
Fuente: El valor de ser libres y fiables
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