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29/03/2021

Otro efecto negativo del Covid-19: Incremento del riesgo de comisión de delitos por parte de las organizaciones

Sonia Quintana Martín

Legal Compliance Specialist

La situación actual de pandemia generada por el Covid-19 está provocando que los riesgos de comisión de delitos por parte de las organizaciones incrementen de forma notable. Y ello es debido, principalmente, a dos causas.

Por un lado, la agonía financiera que está desbordando a numerosas empresas españolas (especialmente PYMEs) puede llevarles a intentos desesperados por obtener beneficios y ahorrar costes de manera ilegal.

Por otro lado, la gran implantación del teletrabajo en nuestro país ha tenido como consecuencia la flexibilización o, incluso, la supresión, de múltiples medios de control interno.

A continuación procedemos a citar los delitos cuyo riesgo de comisión por parte de las organizaciones ha incrementado de manera considerable a causa del coronavirus, junto con una explicación al respecto.

  1.      Descubrimiento y revelación de secretos:


Debido a la desesperación por aumentar su cuota de mercado, las empresas pueden verse tentadas a hackear los sistemas informáticos de sus principales competidoras, para conseguir los correos electrónicos de sus clientes, con el objetivo de remitirles publicidad.

2.      Estafa:

Con el propósito de obtener ingresos a cualquier precio, las organizaciones que operan en el comercio online podrían utilizar los datos de las tarjetas de crédito de sus clientes para efectuarse pagos a sí mismas.

3.      Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social:

Las empresas, con la finalidad de ahorrar costes, podrían caer en la tentación de eludir el pago de tributos a Hacienda y de cuotas a la Seguridad Social. Asimismo, podrían ver como una fuente de ingreso interesante la solicitud de subvenciones, aunque ello pase por falsear las condiciones requeridas para su concesión.

De otro lado, no hay que olvidar la táctica empleada por multitud de organizaciones consistente en acogerse o mantenerse en un tipo de ERTE que, por su situación concreta, no les corresponde, debido a que les resulta más beneficioso.

4.      Cohecho:

Algunas organizaciones, con el propósito de asegurarse una entrada de ingresos importante y estable en estos momentos de tanta incertidumbre, podrían inclinarse por ofrecer una retribución indebida a un funcionario para conseguir un contrato con la Administración Pública.

5.      Delitos contra los recursos naturales y el medioambiente:

Es posible que empresas que están desbordadas por sus balances negativos decidan dejar de invertir en medidas para proteger el entorno natural.

6.      Daños informáticos:

Hay organizaciones que, por verse ahogadas económicamente hablando, pueden recurrir a la táctica de hackear la web de su principal competidora para que sus clientes no puedan efectuar compras en la misma, consiguiendo, de esta forma, una desviación de dichos clientes en beneficio propio.

7.      Receptación y blanqueo de capitales:

Algunas organizaciones que, con el objetivo de obtener ingresos a cualquier precio, han cometido algún delito (por ejemplo: un delito contra la Hacienda Pública o un delito de estafa) y que, para poder beneficiarse de los mismos, necesitan introducirlos en el circuito económico legal.
 

Tal y como se ha expuesto, las consecuencias del coronavirus llegan hasta límites insospechados. Esta pandemia, además de afectar a la salud y a la economía de nuestro país, es caldo de cultivo para la comisión de delitos por parte de las organizaciones. Por este motivo se hace necesario, más que nunca, la implantación de Programas de Compliance Penal, los cuales constituyen herramientas eficaces para promover una cultura de cumplimiento en el seno de las personas jurídicas.

 

 


 
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