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20/07/2021

Los riesgos del Soborno en la Prevención del Blanqueo de Capitales

Autora: Mayra Rodríguez*

El soborno es un término que se origina del latín “subomare” el cual se divide en “sub” que significa por “debajo” y el verbo omare que significa “equipar”, en otras palabras el término “subomare” es sinónimo de “proveer a escondidas o por debajo”.  

El soborno es lo que hoy conocemos como una dádiva en dinero, regalos o algún favor para lograr un beneficio de una persona, lo que también podriamos entender como “corrupción”.  En la jerga coloquial lo conocemos como “coima”, también delito de cohecho.

No obstante, el soborno no solamente es un tema de índole del sector público, sino también del sector privado, es un comportamiento antiético que puede mostrar un ser humano con un objetivo de lograr favorecerse, verbigracia cuando alguien entrega o recibe un dinero para que se contrate o no un proveedor e inclusive a un colaborador.

A través del soborno, se puede colocar bienes de origen ilícito en los distintos sectores, por ejemplo un blanqueador podría pagar un dinero a un empleado de una entidad financiera, para que éste lo ayude a evadir políticas y controles internos y se pueda introducir fondos ilícitos en cuentas bancarias o bienes inmuebles adquiridos de licitaciones fraudulentas como garantías en préstamos.

En los últimos años, ha tomado gran auge en el sector privado el aprendizaje y la implementación de la norma ISO 37001 – Gestión Antisoborno, la cual tiene una diversidad de objetivos, entre ellos, el de identificar un estándar de gestión para apoyar a las organizaciones en la lucha contra la corrupción, mediante el establecimiento de una cultura de integridad, transparencia y cumplimiento. 

Lo interesante de lo anterior es que el sistema de gestión antisoborno puede integrarse en la gestión de riesgo para la prevención del blanqueo de capitales.  Inclusive cuando evaluamos el perfil de riesgo de un cliente, mediante una debida diligencia, se pueden incluir los parámetros necesarios para evaluar los riesgos asociados al soborno y en caso se identifique un nivel de riesgo alto, se debería realizar una debida diligencia ampliada o reforzada.

Al incluir la ISO 37001 como apoyo en los sistemas de prevención de blanqueo de capitales, permite mitigar los riesgos asociados a posible corrupción, sobornos, defraudación fiscal, fraude, derivados de clientes, empleados y provedores.  Resulta imperante entonces, parametrizar en las herramientas de monitoreo, aquellos factores de riesgos que permitan identificar señales de alertas que generen información para verificar y evaluar debilidades y vulnerabilidades en la empresa o entidad. 

En la actualidad la gestión de prevención de blanqueo de capitales ejercida por los sujetos regulados, basada en la Ley 23 de 2015, siempre ha sido apoyada en la debida diligencia y conozca a su cliente, no obstante, como sana práctica se puede adicionar también en los sistemas de gestión antisoborno y anticorrupción, a través de:

  • Debida diligencia en la contratación del personal, asegurándose de integrar controles que le permitan garantizar un comportamiento ético a través de conductas alineadas a las tareas según su rol y funciones.
  • Debida diligencia del cliente, en donde también se debe conocer posible conflictos de interés, si mantiene alguna relación con la organización, conocer sus actividades y naturaleza.
  • Políticas de aceptación de regalos, atención de clientes, recibo de donativos.
  • Incluir en los Códigos de Etica, las medidas para reportar situaciones contrarias a la integridad de la organización. 

Los riesgos de soborno que puede experimentar una empresa puede variar en función a factores como por ejemplo su tamaño, el sector o industria donde opera, su naturaleza y complejidad de sus actividades.  Esto también nos aportaría en las medidas de aplicar el enfoque basado en riesgos, se deba incluir aquellos riesgos asociados, es decir, no solo al blanqueo de capitales, sino también, reitero, los de corrupción, sobornos y otros delitos como el fraude, delitos financieros.

Al implementar un sistema de gestión antisoborno, se genera transparencia en la gestión de la empresa de cara hacia sus clientes, provedores, empleados, puede aportarle un incremento en sus ingresos y utilidades, fortalece su continuidad y vigencia en el tiempo, se puede detectar oportunamente la corrupción en la gestión operativa y financiera de la empresa, puede permitirle proveer evidencia ante una posible investigación penal y además le permite generar una cultura de sanas prácticas.

En la actualidad la implementación de medidas antisoborno en las organizaciones ha estado aportando no solamente en la mitigación de riesgos, sino también en la generación de controles, transparencia y confianza en su entorno financiero, económico y social.

 

*Consultora en FIDES CONSULTING. Doctoranda en Ciencias Económicas y Empresariales en el San Pablo CEU de España, Licenciada en Derecho y Ciencias Políticas, Contador Público Autorizado, cuenta con una Maestría en Administración de Negocios con énfasis en Dirección Empresarial, posee Postgrados en Alta Gerencia, en Contraloría y Docencia Superior. Ha ejercido cargos Administrativos y Contables en empresas privadas, así también ha ocupado por más de 10 años cargos a nivel Gerencial en Fiduciarias de Firma de Abogados y de la Banca panameña. Con responsabilidades en asesoría jurídica, riesgos, Gobierno Corporativo y cumplimiento regulatorio.

 

 


 
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