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06/07/2021

La UE necesita un marco de vigilancia más fuerte y coherente para luchar contra el blanqueo de capitales

Aunque se estima que el valor de las transacciones sospechosas en Europa asciende a cientos de miles de millones de euros, el enfoque de la UE para prevenir y contrarrestar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo es fragmentario. Si bien la función de los organismos pertinentes de la UE consiste en definir las políticas y coordinarlas con unas competencias directas limitadas, la mayoría de las iniciativas son de carácter nacional. El informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo (el Tribunal) concluye que la actuación de la UE en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo presenta insuficiencias, que el marco de vigilancia está fragmentado y mal coordinado, por lo que no garantiza un enfoque coherente ni unas condiciones equitativas.

Se entiende por blanqueo de capitales la práctica de «legitimar» los productos de la delincuencia infiltrándolos en la economía formal para ocultar su origen ilegal. En Europa, Europol estima el valor de las operaciones sospechosas equivale aproximadamente al 1,3% del PIB de la UE. Se calcula que, en todo el mundo, alcanza un valor cercano al 3 % del el PIB mundial. Según los últimos datos, más del 75 % de las transacciones sospechosas comunicadas procedían de entidades de crédito en más de la mitad de los Estados miembros de la UE.

«Es necesario subsanar las deficiencias de la UE en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo y reforzar de manera significativa la función de supervisión de la UE», afirmó Mihails Kozlovs, Miembro del Tribunal de Cuentas Europeo responsable del informe. «Es preciso redoblar los esfuerzos para garantizar que la legislación de la UE se aplica con prontitud y coherencia. Ante todo, en la medida de lo posible, la UE debería valerse de Reglamentos antes que de Directivas ya que es necesario que la legislación se aplique de manera coherente en los Estados miembros».

Actualmente, las competencias de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo están divididas entre varios organismos. La Comisión Europea elabora las políticas y supervisa su incorporación a la legislación de los Estados miembros, además de ocuparse del análisis de riesgos. Los auditores hallaron insuficiencias en el desempeño de estas tareas. La legislación relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales es compleja y se ha aplicado de forma demasiado lenta y dispar en toda la UE. En cuanto al procedimiento de evaluación de riesgos, los auditores constataron que este no ha registrado cambios con el paso del tiempo, y carece de enfoque geográfico y de una priorización eficaz. Hasta la fecha, la UE no ha adoptado una lista independiente de terceros países de alto riesgo que suponen una amenaza de blanqueo de capitales para el mercado interior. La Comisión tampoco ha logrado producir estadísticas actualizadas sobre el tema, por lo que es difícil evaluar el grado de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo en la UE.

La Autoridad Bancaria Europea (ABE) tiene competencias para investigar presuntas infracciones del Derecho de la Unión en este ámbito, y las ha ejercido. No obstante, dicho organismo solo ha llegado una vez a una conclusión positiva en cuanto a una infracción del Derecho de la Unión relacionada con el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo desde 2010, no ha realizado una investigación al respecto por iniciativa propia. Los auditores también hallaron pruebas de intentos de influir en los miembros de la Junta de Supervisores durante sus deliberaciones sobre una posible recomendación relativa a una infracción del Derecho de la UE. Esto demuestra que la adopción de decisiones de alto nivel de la ABE podría haber estado influida por intereses nacionales (conclusiones similares a las del Informe especial de 2019 sobre las pruebas de resistencia de la ABE). Los auditores también constataron que la Comisión no dispone de orientaciones internas para activar una petición de investigación a la ABE; cuando se efectuaron peticiones, estas eran ad hoc y, en la mayor parte de los casos, a raíz de informaciones publicadas en los medios de comunicación.

Otro aspecto analizado por los auditores es la integración del riesgo de blanqueo de capitales en la supervisión prudencial de bancos de la zona del euro. Constataron que el Banco Central Europeo (BCE), supervisor directo de bancos de importancia significativa desde 2014, ha iniciado bien el intercambio de información pertinente con los supervisores nacionales, pero carece de la responsabilidad y de las facultades para investigar que uso hacen los supervisores nacionales de dicha información. La calidad de la documentación compartida por los supervisores nacionales variaba considerablemente en función de las prácticas nacionales. La ABE está desarrollando orientaciones actualizadas específicas que el BCE y los supervisores nacionales deberán finalizar y aplicar lo antes posible, según la opinión de los auditores.

Información de referencia

La UE adoptó su primera Directiva antiblanqueo en 1991 —cuya actualización más reciente es de 2018— para responder a la amenaza al mercado interior que suponía el blanqueo de capitales y, posteriormente, para impedir la financiación del terrorismo. La Comisión tiene previsto presentar una propuesta de creación de un supervisor único en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

El Informe especial 13/2021: «Los esfuerzos de la UE en la lucha contra el blanqueo de capitales en el sector bancario son fragmentarios y su aplicación, insuficiente» puede consultarse en el sitio web del Tribunal (eca.europa.eu).

Fuente: Tribunal de Cuentas Europeo

 

 

 

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