El futuro es cada vez más digital y la tendencia se dirige hacia la moneda virtual y nuevos modelos de negocio que se desarrollarán en el Metaverso.
Sin embargo, la falta de una normativa española que regule los criptoactivos, con los consiguientes riesgos para el usuario o inversor ante posibles estafas o en materia de protección de datos, son algunos de los principales riesgos a los que se enfrenta el sector, según se deriva del evento “Fintech: nuevos modelos de pago y nuevos activos”, organizado y celebrado por el despacho de abogados Eversheds Sutherland.
Durante el encuentro, Javier Molina, portavoz de eToro para España y experto en criptoactivos, aseguró que “cada vez el mundo es más digital y existe una realidad mixta -analógica y digital- siendo el paso natural la evolución del 2D, el Internet de los datos, al 3D, el Internet de las experiencias”. Por ello, sostuvo que “cuando se habla de Metaverso estamos ante nuevos modelos de negocio”.
Explicó que, “si bien esto está aún en una fase experimental, en el mundo virtual se generan economías, por lo que todo aquel que quiera llegar al consumidor tendrá que ir al Metaverso” y de ahí, “el interés y los grandes riesgos que están asumiendo las grandes marcas comerciales”. Y es que, añadió, en el Metaverso ya hay economía (criptomoneda) y propiedad privada digital (Non-fungible tokens -NFTs-, certificados de titularidad de la adquisición de un objeto digital como arte, música o incluso artículos de moda para usar en el Metaverso). Ahora bien, en opinión del experto, para que el Metaverso funcione “es necesaria una realidad virtual inmersiva, que los distintos metaversos sean interoperables, así como que exista una identidad digital de los usuarios”. A ello añadió el que, a su juicio, sigue siendo el gran problema y es que “aún no hay tecnologías preparadas para soportar la cantidad masiva de datos de esta nueva realidad”.
Precisamente el socio de Tecnología, Medios y Entretenimiento de la firma, Vicente Arias, abordó en su intervención la problemática de los NFTs. Se preguntó el letrado si estamos ante “una estafa piramidal o el blue ocean para las industrias de contenido” pues nos encontramos aún “ante un mercado muy joven”. Por ello, aseguró, “los NFT pueden ser una gran oportunidad para algunas y una burbuja para otros”.
Advirtió Arias de que la tecnología blockchain -en la que se apoyan los tokens- no está regulada de modo que, en caso de que el archivo se corrompa, o ante un riesgo de pérdida o fraude, no existen las garantías o protecciones previstas en la normativa de productos bancarios o de inversión como el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) o el Fondo de Garantía de Inversiones (Fogain).
A este respecto, enumeró algunos problemas jurídicos que se plantean, como el tratamiento de datos de carácter personal (dificultad de determinar la responsabilidad sobre una red distribuida, imposibilidad de controlar las transferencias internacionales o la dificultad técnica de aplicar los derechos de los sujetos, como el derecho al olvido o a la cancelación de datos); o la problemática de la protección del consumidor /inversor. Así, el consumidor debe saber si el NFT que está comprando es realmente una edición limitada o ejemplar único; qué derechos de propiedad tiene concedidos para usar, exhibir, comunicar al público o diseminar el NFT; o la autenticidad de la autoría “dada la inexistencia de un regulador del mercado que evite comportamientos abusivos y otorgue garantías a los pequeños inversores”.
En la misma línea los socios Manuel López (Regulación Financiera) y Teresa Villarroya (Bancario y Financiero) coincidieron en que uno de los principales problemas es la falta de regulación en la materia. López explicó que, de momento, los criptoactivos son una actividad no regulada -siempre que no se empleen instrumentos financieros- “porque España espera a una normativa armonizada que llegará con el Reglamento europeo MiCA -actualmente en fase de negociación en la Comisión Europea y el Consejo-, que previsiblemente no se pondrá en marcha hasta finales 2024 o inicios de 2025”. Sin embargo, explicó cómo la CNMV, a través de su Circular 1/2022, asumió el control de la publicidad de los criptoactivos “con un alcance excesivamente amplio y extraterritorial que presume que el uso de la lengua española se dirige a un público español y alcanza a todo tipo de publicidad incluidas redes sociales o influencers”. Asimismo, Villarroya, lamentó que “no hay definiciones legales claras que estén reguladas mundialmente o aceptadas mundialmente” por lo que, añadió, “hay que ser cuidadosos a la hora de emitir tokens”.
Dinero digital
Por su parte, Ángela Moñita, experta en Fintech y medios de pago, aseguró que “el dinero y la forma en que compramos está cambiando”. A este respecto, recordó que “Estados Unidos, China o el Banco Central Europeo ya trabajan con moneda digital” y si bien, en su opinión, “seguramente no sustituirá completamente al efectivo -cada vez menos usado y muy caro de mantener-, el Banco de España va a tener que sumarse a la corriente del dinero digital”. El problema, planteó, “es la anonimización de lo digital”, más aún en una época en la que existe un “gran apetito por el dato”. Y añadió que, en todo caso, “sean cuales sean las tendencias del Fintech, será el usuario el que tendrá la última decisión”.
Finalmente intervino en la sesión José Pascual, socio director de Eversheds Sutherland Luxemburgo, que expuso la situación de aquel país “plaza pionera en nuevas tecnologías y en materia Fintech”. Explicó que la emisión de tokens en Luxemburgo está permitida y que existen varias exchange que permiten transacciones con token y que están bastante desarrolladas”. Y es que, concluyó, “cada vez hay más demanda por parte de los fondos para invertir en criptoactivos”.
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