El ministro René Fernández explicó la diferencia entre el seguimiento a las listas que elaboran instituciones internacionales como la Oficina de Control de Activos Extranjeros de EEUU y las Naciones Unidas.
Esto, con motivo del taller sobre fortalecimiento de la supervisión de entidades financieras y no financieras que están efectuando con diferentes sujetos obligados, para prevenir el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
En comunicación con este medio, el ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), René Fernández Bobadilla, manifestó que el taller denominado “Fortalecimiento de la supervisión de entidades financieras y no financieras en materia ALA/CFT” fue impartido por dos especialistas internacionales.
En este sentido, estuvieron presentes Alejandro Montesdeoca, consultor ALA/CFT (Anti Lavado de Activos y Contra Financiamiento del Terrorismo) y la abogada Farida Paredes, intendente de Riesgos de LA/FT (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos del Perú.
El ministro Fernández adelantó que esta semana tendrá lugar el segundo taller en contexto de la cooperación al fortalecimiento del sistema preventivo de lavado de activos y, en esta ocasión, se realizará con la presencia de diferentes sectores de sujetos obligados. Explicó que todos los sectores de sujetos obligados contienen en sus reglamentos de prevención la necesidad de la verificación de listas internacionales para el inicio de una relación.
Esto último, en referencia al listado de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) de EEUU y del listado de sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Cabe recordar que del primero ya forman parte el expresidente de la República, Horacio Cartes, y el actual vicepresidente de la República, Hugo Velázquez.
Consultado sobre si cambió en algo el procedimiento de la Seprelad ante los casos de Cartes y Velázquez, el ministro respondió que se puede hablar de cambio e impacto con respecto a que todos los sectores de sujetos obligados contienen en sus reglamentos de prevención la necesidad de la verificación de listas internacionales para el inicio de una relación o en el monitoreo permanente durante la duración de la relación comercial.
“Con el listado de OFAC se dispara una señal de alerta que da un reporte de operaciones sospechosas y se hace un monitoreo intensivo de esas relaciones a través de una diligencia ampliada que tiene un carácter más exhaustivo que la debida diligencia común”, explicó el ministro.
Indicó que la diferencia entre las sanciones de OFAC y las de las Naciones Unidas es que estas últimas son jurídicamente vinculantes en cuanto a la aplicación del procedimiento de congelamiento de activos y, respecto a las sanciones de OFAC, lo que se genera es una señal de alerta que impone la aplicación de los distintos mecanismos de mitigación de los riesgos y de gestión de los riesgos con base en el criterio o a la metodología enfocada en el riesgo.
Para el taller antilavado, la Seprelad contó con la asistencia técnica proveída por el “Programa de Combate al Lavado de Activos y al Financiamiento del Terrorismo en Sudamérica”, que es parte de la cooperación de la Oficina de Contraterrorismo del Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos, y es implementado por las organizaciones American Bar Association, GovRisk Institute y K2 Integrity.
El objetivo del taller fue el de orientar en fortalecer la supervisión ALA/CFT de las instituciones financieras y no financieras, con énfasis en el análisis de riesgos de terrorismo, aplicación de sanciones financieras dirigidas y su abordaje por la supervisión.
Fuente: blanqueodecapitales.com
Link: https://blanqueodecapitales.com/paraguay-sanciones-de-la-ofac-disparan-alerta-para-congelamiento-de-activos-advierte-seprelad/
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