19 de abril de 2023 – Apunta a la optimización de los procesos de intercambio de información con unidades análogas extranjeras.
La Unidad de Información Financiera (UIF) incorporó modificaciones a los intercambios de información con organismos análogos del exterior, en relación a investigaciones de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. La nueva norma entrará en vigencia el 17 de mayo.
A partir de la Resolución 66/2023, publicada en el Boletín Oficial, se deberá solicitar a la autoridad judicial si la información será para fines de inteligencia o como elemento probatorio de una causa.
La reforma se propone estandarizar los requerimientos cursados a pedido de una autoridad judicial y mejorar la eficacia en los intercambios con la incorporación de un modelo de formulario, ajustando así la normativa local a los estándares internacionales aplicables en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
«Esta resolución no es más que un paso más en la actualización de la regulación positiva en orden a su estricta adecuación a los protocolos internacionales en materia de combate a un delito de características transnacionales, que genera serios inconvenientes a aquellos países que son elegidos por los delincuentes para lavar el dinero mal habido», explicó el Daniel Perrotta, consultor y conferencista internacional en materia de Prevención de Lavado de Activos.
¿En qué consiste la medida?
La resolución establece que para cursar el pedido de información, se solicitará a la autoridad judicial competente que indique si será empleada para fines de inteligencia o para incorporar al proceso judicial como elemento probatorio.
También se deberá realizar una breve descripción de los hechos que motivan el pedido, proporcionar datos que permitan la identificación de las personas o bienes involucrados que sean relevantes a los fines de la solicitud, y establecer el presunto vínculo con la jurisdicción a la que pertenece el organismo requerido.
Este requerimiento deberá ser efectuado mediante la “Planilla de Intercambio de Información”, y enviada a través del formulario accesible desde la página web de la UIF.
¿Por qué se aplica ahora?
Argentina es miembro pleno del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y, por ende, adhiere a los estándares conocidos como las 40 Recomendaciones, las cuales cada país debe adaptar y convertir en regulación positiva.
Los países miembros de dicho grupo quedan sometidos también a una revisión periódica que evalúa el cumplimiento de las mencionadas recomendaciones y la eficiencia de la gestión, proceso que se denomina «Evaluación Mutua». Una mala calificación condena al evaluado a integrar una lista de demérito (conocida como Lista Gris) producto de incumplimiento.
«Actualmente Argentina está bajo este proceso evaluatorio, el cual culmina el año próximo. En ese marco, la UIF comenzó a realizar distintas acciones y cambios normativos orientados a adecuar el marco y actualizar las regulaciones conforme estos protocolos y evitar así una mala calificación», sostuvo Perrotta.
Además, el consultor especializado agregó que «nuestro país integró, en años anteriores, la mencionada lista y eso obligó a reformas profundas y generó una serie de inconvenientes en lo que refiere a negocios y transacciones financieras internacionales, entre otros problemas».
Fuente: blanqueodecapitales.com
QUIÉNES SOMOS
La Asociación
Junta Directiva
Sedes
Noticias
Artículos de Interés
Canal Ético
ACERCA DEL COMPLIANCE
Qué es
Compliance Officer
Marco Normativo Internacional
Cual es tu nivel de Compliance
FORMACIÓN
Eventos
Cursos Acreditados
Agenda Formativa
Cómo acreditar un curso
CERTIFICACIÓN
Certificación Profesional WCA
Certificación Sistemas de Compliance
SOCIOS
Ventajas de Asociarse
Entidades Asociadas
Profesionales Asociados
Solicitud de Adhesión
LEGAL
Aviso Legal
Política de Privacidad
Política de Cookies
Propiedad Intelectual
Condiciones de Contratación