1. Establecer un convenio de colaboración entre WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION y la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL PARA LA COOPERACIÓN EN LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE que se regirá por lo que se disponga en el presente documento y por los Estatutos de las dos entidades.
2. Que la entidad WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION pasará a ser entidad colaboradora de la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL PARA LA COOPERACIÓN EN LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE, y los miembros de WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION podrán disfrutar de todas o parte de las actividades y ventajas de ASOCIACIÓN INTERNACIONAL PARA LA COOPERACIÓN EN LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE, según se detalla en el anexo 1.
3. Que la entidad ASOCIACIÓN INTERNACIONAL PARA LA COOPERACIÓN EN LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE pasará a ser entidad colaboradora de WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION, y los miembros de la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL PARA LA COOPERACIÓN EN LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE podrán disfrutar de todas o parte de las actividades y ventajas de WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION, según se detalla en el anexo 2.
4. Las dos entidades podrán hacer constar en sus, folletos publicitarios, actividades promocionales o cualquier otro medio informativo que han suscrito un convenio de colaboración. Asimismo, las partes podrán utilizar los signos distintivos de la otra en la versión que cada una facilite y tras la perceptiva autorización.
VENTAJAS DE LA ENTIDAD COLABORADORA
1. Envío de newsletter
2. Publicación de artículos por parte de los asociados de WCA en la página web de ICPF.
3. Uso logo de la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL PARA LA COOPERACIÓN EN LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE: El socio honorífico podrá utilizar el logo de ICPF para hacer difusión y promoción de su condición de miembro de ICPF.
4. Prioridad en la contratación de patrocinios: El socio protector tendrá preferencia en el patrocinio de actividades organizadas por ICPF.
DERECHOS DE LOS SOCIOS
1. Descuentos en actividades organizadas por la ICPF (cursos de formación, certificación de profesionales, acreditación de cursos, certificación de sistemas etc.).
2. Pertenencia a Redes y Grupos de Trabajo de la ICPF.
3. Invitación sin coste a seminarios on line especializados sobre el mundo compliance.
4. Descuento en eventos y jornadas organizadas por la asociación.
VENTAJAS DE LA ENTIDAD COLABORADORA
5. Envío de newsletter
6. Publicación de artículos por parte de los asociados de ICPF en la página web de la WCA.
7. Uso logo de la WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION: El socio honorífico podrá utilizar el logo de la WCA para hacer difusión y promoción de su condición de miembro de WCA.
8. Utilizar el servicio de consultas: Posibilidad de realizar consultas técnicas.
9. Participación en las comisiones de trabajo: Los miembros de la entidad colaboradora podrán formar parte de las comisiones de trabajo de la WCA.
10. Prioridad en la contratación de patrocinios: El socio protector tendrá preferencia en el patrocinio de actividades organizadas por WCA.
DERECHOS DE LOS SOCIOS
5. Descuentos en actividades organizadas por la WCA (cursos de formación, certificación de profesionales, acreditación de cursos, certificación de sistemas etc.).
6. Pertenencia a Redes y Grupos de Trabajo de la WCA.
7. Invitación sin coste a seminarios on line especializados sobre el mundo compliance.
8. Descuento en eventos y jornadas organizadas por la asociación.
9. Acceso a la bolsa de trabajo de la WCA.
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