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02/01/2024

El Consejo de la UE acuerda una propuesta para regular a los proveedores de calificaciones ESG

 El Consejo Europeo anunció hoy que ha llegado a un acuerdo sobre una propuesta para regular a los proveedores de calificaciones ESG, sometiéndolos a la autorización del regulador de los mercados europeos ESMA, con nuevas reglas para aumentar la transparencia en las metodologías y modelos utilizados por los proveedores, y para abordar el riesgo de conflictos de intereses.

Los llamados a regular el sector de calificaciones ESG han aumentado en los últimos años, a medida que los inversores integran cada vez más las consideraciones ESG en el proceso de inversión, aunque las actividades y negocios de los proveedores generalmente no están cubiertos por los mercados y los reguladores de valores.

A principios de 2021, la ESMA envió una carta a la coordinadora de servicios financieros de la Comisión Europea, Mairead McGuinness, advirtiendo que el actual estado no regulado del sector de calificaciones ESG y la consiguiente falta de transparencia representaban un riesgo potencial para los inversores. En julio de 2021, la Comisión lanzó una nueva Estrategia de Finanzas Sostenibles, que incluía el compromiso de tomar medidas para mejorar la confiabilidad, comparabilidad y transparencia de las calificaciones ESG, y posteriormente pidió a la AEVM que comenzara a examinar a los participantes del mercado.

En junio de 2023, la Comisión de la UE dio a conocer una propuesta para que los proveedores de calificaciones ESG sean supervisados ​​por la ESMA, para garantizar la calidad y la confiabilidad, con requisitos que incluyen el uso de metodologías rigurosas y objetivas, la prevención de conflictos de intereses y una mayor transparencia en las metodologías, modelos y supuestos clave de calificación.

El acuerdo constituirá la base de la posición negociadora del Consejo con el Parlamento de la UE sobre la propuesta de la Comisión Europea.

Según la posición propuesta por el Consejo, los proveedores de calificaciones ESG que operen en la UE tendrían que obtener una autorización de la AEVM, mientras que aquellos establecidos fuera de la UE necesitarían una decisión de equivalencia, un respaldo de sus calificaciones ESG o un reconocimiento.

Si bien la propuesta de la Comisión requería una separación de actividades empresariales como la consultoría o las calificaciones crediticias de las calificaciones ESG, y los proveedores de calificaciones no estaban autorizados a realizar estas actividades, la posición del Consejo no exigiría entidades jurídicas separadas para estas actividades, siempre que los proveedores establezcan un claro distinción entre las actividades y establecer medidas para evitar conflictos de intereses.

La posición del Consejo también incluye un régimen temporal opcional de tres años para los proveedores de calificaciones ESG más pequeños, sin pagar tasas de supervisión al regulador y con requisitos de cumplimiento más livianos. Después del período de tres años, los proveedores más pequeños estarían obligados a cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, incluidas las tasas de supervisión.

Se espera que las negociaciones sobre el nuevo reglamento entre el Parlamento y el Consejo de la UE comiencen a principios de 2024.

Fuente: ESG Today

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