La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado un informe que analiza cómo los tratamientos de los datos personales de los usuarios en numerosas plataformas, aplicaciones y servicios incluyen patrones adictivos para aumentar su tiempo de conexión.
El informe pone de manifiesto cómo, en muchos casos, estos proveedores implementan patrones de diseño engañosos y adictivos para prolongar el tiempo que los usuarios permanecen en sus servicios o para incrementar su nivel de compromiso y la cantidad de datos personales que se recogen sobre ellos.
El impacto adverso de las estrategias adictivas es considerablemente mayor cuando se utilizan para tratar datos personales de personas vulnerables, como con la infancia y adolescencia, influyendo en las preferencias e intereses de los menores y afectando en última instancia a su autonomía y derecho al desarrollo.
La incorporación de patrones adictivos a los tratamientos de datos personales tiene importantes implicaciones para la protección de datos de los usuarios, como la responsabilidad proactiva, la aplicación efectiva de las obligaciones de protección de datos desde el diseño y la transparencia, la licitud, la lealtad, la limitación de la finalidad, la minimización de datos, o el tratamiento de categorías especiales de datos. Asimismo, implica un riesgo para los derechos y libertades de todos los usuarios y, en particular, para la integridad física y psíquica de la infancia y adolescencia.
Los tratamientos de datos personales de los usuarios incluyen operaciones específicas, todas ellas engañosas, de manera que se influya en sus decisiones y que se utilicen sus datos personales con este fin o para generar nuevos datos y realizar perfilado (denominado en este documento focalización, ya que permite personalizar de forma minuciosa las estrategias adictivas).
El documento realiza una clasificación de patrones adictivos en tres niveles: alto, medio y bajo. Los denominados patrones de alto nivel son estrategias generales independientes del contexto y de la aplicación, y se han identificado cuatro: acción forzada, ingeniería social, interferencia en la interfaz y persistencia.
Los patrones de nivel medio describen enfoques más específicos que explotan las debilidades o vulnerabilidades psicológicas de los usuarios. Finalmente, los patrones de bajo nivel corresponden a la ejecución específica de los diferentes enfoques y, a menudo, son específicos del contexto o de la aplicación.
El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) abordó los patrones engañosos las Directrices 03/2022 sobre patrones de diseño engañosos en interfaces de plataformas de redes sociales: cómo reconocerlos y evitarlos.
La Agencia ha realizado una revisión de la evidencia científica sobre los patrones adictivos en diferentes plataformas (redes sociales, juegos y vídeos, etc.), aplicaciones y servicios, lo que supone abordar, desde una perspectiva complementaria, nuevos casos de uso.
Fuente: https://www.eleconomista.es/