
Por Iván Martínez López, CEO de Intedya
a OCDE ha hecho público el Informe de Fase 4 sobre Colombia en el marco de la aplicación del Convenio Antisoborno de la OCDE, en el que identifica importantes debilidades estructurales, institucionales y operativas en la prevención, detección y persecución del soborno de funcionarios públicos extranjeros. El informe, aprobado por el Grupo de Trabajo sobre Soborno en las Transacciones Comerciales Internacionales el 11 de diciembre de 2025, evalúa el grado de cumplimiento de Colombia respecto a sus obligaciones internacionales y el seguimiento de las recomendaciones formuladas en evaluaciones anteriores (Fases 2 y 3). Aunque la OCDE reconoce algunos avances formales, como la imposición de una segunda sanción administrativa a una persona jurídica por soborno transnacional desde la ratificación del Convenio en 2012, el balance general es claramente insatisfactorio. En más de una década, Colombia no ha logrado procesar penalmente a ninguna persona física por este delito, a pesar de contar con un marco normativo que, sobre el papel, permitiría hacerlo. Además, las sanciones impuestas a empresas han sido calificadas como poco disuasorias, y el país no ha logrado aplicar de forma efectiva mecanismos de decomiso de beneficios ilícitos ni otras medidas accesorias clave para combatir el soborno internacional.
Uno de los elementos más críticos del informe es la escasa priorización del soborno internacional como riesgo específico, tanto a nivel político como operativo. La OCDE constata que las autoridades colombianas continúan centrando sus esfuerzos casi exclusivamente en la corrupción interna, sin diferenciar adecuadamente entre corrupción doméstica y soborno transnacional. Durante las visitas in situ, incluso funcionarios públicos mostraron confusión conceptual entre ambos fenómenos, lo que se traduce en una baja detección de casos, una escasa apertura de investigaciones y una utilización limitada de fuentes clave de información, como la cooperación internacional, los medios de comunicación, el sistema financiero o las misiones diplomáticas.
El informe dedica especial atención a la fragmentación institucional y a la falta de cooperación entre los organismos responsables. La OCDE señala como especialmente preocupante la relación entre la Fiscalía General de la Nación y la Superintendencia de Sociedades, cuyas competencias están claramente separadas para personas físicas y jurídicas, pero no funcionan de forma coordinada en la práctica. Asimismo, se identifican importantes obstáculos legales y operativos que impiden el intercambio eficaz de información, incluyendo restricciones que afectan a la Unidad de Inteligencia Financiera, lo que limita la capacidad del Estado para detectar y perseguir esquemas complejos de soborno internacional.
Uno de los reproches más contundentes del informe es la ausencia de un sistema integral de protección de denunciantes. La OCDE advierte que las personas que informan sobre posibles casos de soborno internacional en Colombia siguen expuestas a represalias graves, incluidas amenazas a su integridad física. Pese a las reiteradas recomendaciones formuladas desde la Fase 2, Colombia no ha aprobado una legislación efectiva en esta materia, lo que constituye un obstáculo crítico para la detección temprana del soborno transnacional y mina la confianza en los canales de denuncia existentes.
El informe subraya que el perfil económico de Colombia, con una fuerte presencia de sectores extractivos, infraestructuras, energía y contratación pública, implica riesgos elevados de soborno internacional, especialmente en operaciones en el exterior y en cadenas de suministro complejas. A pesar de ello, la respuesta institucional no se considera acorde a dicho nivel de riesgo.
Entre las principales recomendaciones, la OCDE insta a Colombia a:
Colombia deberá presentar un plan de acción en el plazo de un año y un informe de seguimiento en dos años, detallando las medidas adoptadas para dar cumplimiento a estas recomendaciones.

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