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16/04/2024

El Arte de Saber Probar

Mitigación del Riesgo

El arte de saber probar se refiere a la habilidad de recopilar y presentar pruebas para respaldar una afirmación o argumento. La prueba es una herramienta fundamental para mitigar los riesgos de cumplimiento en la prestación de sevicios legales para la constitución de personas jurídicas (sociedades, fundaciones, fideicomisos, etc..).

Es importante que los abogados que brindamos estos servicios desarrollemos habilidades sólidas en la recolección y presentación de pruebas. El derecho probatorio, que otrora se relacionaba con la rama del derecho procesal que se ocupa de regular el conjunto de reglas y principios que rigen la admisión, obtención, práctica, evaluación y examen de la prueba en un proceso judicial con el fin de establecer la verdad de los hechos que se investigan y resolver la controversia, pasa a ser fundamental a la hora de poner en ejecución los procesos internos de hashtag#compliance y de gestión de hashtag#riesgos durante la creación de entidades jurídicas a favor de terceros.

La recopilación de pruebas sólidas es una herramienta fundamental de control interno para mitigar el riesgo de cumplimiento y evitar problemas legales futuros; ayudando a determinar si las actuaciones en las que incurrió o no el abogado constituyen un hecho generador de responsabilidad administrativa, reparo o multa, y de esta forma respaldar la validez y legalidad de la constitución de la empresa.

Carnelutti expresa que “La prueba es el corazón del problema del juicio, del mismo modo que éste es el corazón del problema del pensamiento ”

La teoría general del proceso nos ayuda a poder establecer el siguiente modelo de interrogantes a la hora de requerir pruebas:

¿Qué puede ser probado?

¿De donde debe extraerse la prueba?

¿Quién debe confirmar la prueba?

¿Como ha de hacerse la prueba?

¿Cuando y donde ha de hacerse la actividad probatoria?

¿Cual es el producto final de la prueba?

 

Ejemplo:

¿Qué puede ser probado?

 

Solvencia financiera del cliente.

¿De donde debe extraerse la prueba?

Validación por parte de una entidad financiera o bancaria regulada.

¿Quién debe confirmar la prueba?

El cliente deberá requerir a la entidad financiera o bancaria regulada una carta de referencia dirigida al abogado solicitante.

¿Como ha de hacerse la prueba?

El cliente remite al abogado solicitante la carta de referencia.

¿Cuando y donde ha de hacerse la actividad probatoria?

El abogado deberá validar el contenido y autenticidad de la carta de referencia directamente con el emisor o través de herramientas tecnológicas implementadas por este (códigos QR, etc..)

¿Cual es el producto final de la prueba?

Validar que el cliente mantiene solvencia financiera y ha pasado previamente por controles de cumplimiento en otro ente regulado y supervisado.

Juan Luis Blanco Modelo - Blanco, Ureña & Asociados

 

 


 
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