Fuente: Las Provincias
Autor: Héctor Paricio Rubio. Abogado. Socio de Carrau Corporación.
Tengo el convencimiento de que en la época que nos ha tocado vivir nos hemos convencido de que la prevención del riesgo se ha convertido en un fundamento para cualquier actividad. También para la empresarial. Hay un antes y un después tras la pandemia y, no obstante, sigo planteando la siguiente cuestión. Empresario, directivo, abierta y directamente ¿hemos aprendido, interiorizado y vamos a poner en práctica en nuestra empresa/organización medidas preventivas para evitar situaciones, escenarios que pueden poner en riesgo a toda la empresa y a los directivos de forma personal y directa? En mi opinión, el Covid-19 y sus consecuencias nos obigan -sí, obligan- a hacer unas reflexiones muy sencillas y evidentes.
Primero, y sabiendo que hay riesgos, aunque nos parezcan lejanos y se den en otros lugares, debemos ser conscientes de que pueden llegar a mi empresa, a mi organización, y no querer adelantarse a prevenir esas situaciones es de necios.
Segundo: nadie es capaz de predecir en estos momentos qué va a suceder a corto, medio o largo plazo, ni con el Covid-19 ni con la economía, situada en un escenario de retroceso muy duro y esto nos ha de llevar en mayor medida a analizar y acotar riesgos.
Tercero, toda inversión en prevención es más que rentable, ya no solo en salud y vidas que, por supuesto es incuestionable, sino desde un punto de vista económico, dado que nos sitúa en la mejor posición para afrontar cualquier problema, además de acotar y minimizar el negativo impacto en tus cuentas y resultados.
Cuarto: todos los que te rodean, trabajadores, clientes, proveedores y sociedad en general te van a valorar más positivamente si has adoptado medidas preventivas, tu reputación e imagen en el mercado y ante terceros como buen gestor, con visión y protector de todos mejora de forma más que notable.
En quinto lugar, los riesgos judiciales para quien no adopta medidas preventivas siempre están ahí, las denuncias no van a cesar y se buscarán responsables por no adoptar las medidas de diligencias debidas y posibles.
La prevención es vital ante los riesgos de la empresa pero, ¿Cuáles son estos? A nadie se nos escapa que las situaciones vividas con el Covid-19 han ido evolucionando, cambiando y no a mejor en los primeros meses; no se valoró bien el riesgo que se conocía perfectamente, no se adoptaron las medidas de prevención iniciales que tantas vidas hubieran salvado. Y quien tiene la facultad de poner las medidas adecuadas lo haga; esto es el compliance de las empresas, una premisa básica para una compañía que mire hacia el futuro.
Una vez pasado el primer gran envite del Covid-19, todo aquel, toda aquella empresa que no adopte las medidas de control, vigilancia, supervisión, prevención de posibles riesgos por el Covid-19 puede enfrentarse a un grave problema, con sus máximos responsables al frente, incluso problemas de índole penal. No dirán que no estaban avisados.
En toda España se han abierto diversos y variados procedimientos judiciales, unos de índole social, donde se ha condenado por ejemplo al Gobierno de Aragón por no facilitar los medios de protección adecuados, y otros de índole penal, instados por colectivos de sanitarios, policías, personas individuales que han visto morir a sus seres queridos o colectivos de damnificados por el Covid-19. Estos procedimientos están abiertos y en fase de investigación, con un resultado incierto pero me atrevo a pronosticar que algunos llegarán a juicio y habrá condenas por negligencia.
Que el virus no se ha ido, que hay y habrá rebrotes que causarán nuevos contagios con consecuencias no deseadas, es un hecho. Ante ello toda empresa tiene que poner los medios para evitar su responsabilidad y la de sus directivos.
Por un lado están los trabajadores, a los que debe garantizarse su salud mediante el cumplimiento de las normas de prevención, salud e higiene, de forma que la puesta en peligro de su salud o vida, la omisión de esas medidas de seguridad, puede dar lugar a una acusación penal contra quien pudiendo no puso los medios adecuados de prevención, según disponen los artículos 316 y 317 del Código Penal.
Este planteamiento , puesto de manifiesto en su máxima expresión por el Covid-19 y sus consecuencias es el mismo que ha de tenerse presente para otros tipos de riesgos, como los derivados de los actos delictivos contemplados en el Código Penal; ignorarlos, menospreciarlos o dar por hecho que «no va con mi empresa o funciones» es igual de necio que ignorar lo que venia con el Covid, y quien cometa el error lo tendrá que asumir , sin escudo protector alguno, porque avisado está y quien lo tenga que juzgar no lo hará con la benevolencia de imputarle un error vencible, sino con la gravedad de no haber actuado ante un riesgo previsible.
Los protocolos de compliance, bien trabajados por profesionales competentes, son los que han de poner de manifiesto al empresario y directivo, trabajando conjuntamente, los riesgos a los que se enfrenta en su actividad diaria. Por eso son necesarios por eso apostar por la prevención es una garantía por la seguridad de tu familia, tus empleados y tus clientes.
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